Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi, 27 de Marzo de 2017, expediente CNT 053984/2012/CA001

Fecha de Resolución27 de Marzo de 2017
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VI SENTENCIA DEFINITIVA Nº 69525 SALA VI Expediente Nro.: CNT 53984/2012 (Juzg. Nº 80)

AUTOS: “ELORGA EDITH HERMINIA Y OTROS C/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL S/ DIFERENCIAS DE SALARIOS”

Buenos Aires, 27 de marzo de 2017 En la Ciudad de Buenos Aires reunidos los integrantes de la Sala VI a fin de considerar los recursos deducidos en autos y para dictar sentencia en estas actuaciones, practicando el sorteo pertinente, proceden a expedirse en el orden de votación y de acuerdo con los fundamentos que se exponen a continuación.

EL DR. L.A.R. DIJO:

  1. La sentencia de grado (fs. 277/280), que rechazó la demanda, viene apelada por la parte actora a fs. 282/290, con réplica de su contraria a fs. 317/320.

  2. Los agravios de la parte actora se refieren al rechazo del reclamo por diferencias salariales correspondientes al “adicional por antigüedad”. Sostiene, en definitiva, que no les resultaría aplicable a los actores la modificación del sistema retributivo del personal a partir de la suscripción del CCT 305/98 “E”, porque afectó derechos adquiridos por los trabajadores, invocando lo dispuesto en los arts. 12 y 66 de la L.C.T.

Fecha de firma: 27/03/2017 Firmado por: G.L.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.A.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.S.R., SECRETARIA DE CAMARA #19916963#173626728#20170328101256902 La cuestión ha sido resuelta por esta S., en sentido contrario a las pretensiones de los actores (SD Nº 64509, 31/10/2012, autos “C.A.M. y Otros c/

Administración Nacional de la Seguridad Social ANSES s/

Diferencias de Salarios”; SD Nº 65637, 06/09/2013, autos “B.P.A. y Otros c/ Administración Nacional de la Seguridad Social ANSES s/ Diferencias de Salarios”; SD Nº

66.012, 17/02/2014, autos “V.I.M. y Otros c/

Administración Nacional de la Seguridad Social ANSES s/

Diferencias de Salarios”).

En este orden de ideas, advierto que era carga de los accionantes, detallar en forma precisa el perjuicio que le causaba la aplicación de la norma convencional en cuestión (CCT 305/98), y en todo caso, la cuantificación del mismo atendiendo a los nuevos encasillamientos y escalas de remuneraciones contenidas en dicha norma; sin que el informe pericial contable, logre demostrar concretamente que, la renegociación global de la estructura retributiva que reemplazó el marco regulatorio anterior, haya significado una afectación.

Como ya lo he destacado en precedentes con aristas...

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