ELIA JOSE JUAN c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

Número de expedienteCSS 018530/2020/CA001
Fecha09 Septiembre 2021

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 3

SENTENCIA INTERLOCUTORIA:

EXPTE. NRO: 18530/2020

AUTOS: “ELIA JOSE JUAN c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS”

Buenos Aires,

VISTO:

La parte actora interpone recurso de apelación contra el pronunciamiento del Juzgado de Primera Instancia, mediante la cual se rechazó la acción de amparo en la que se persigue la inconstitucionalidad de las leyes 27.426, 27.541 y demás decretos reglamentarios, en los términos que indica y;

CONSIDERANDO:

Que el art 43 de la Constitución Nacional dispone de manera expresa que: “Toda persona puede interponer acción expedita y rápida de amparo, siempre que no exista otro medio judicial más idóneo, contra todo acto u omisión de autoridades públicas o de particulares, que en forma actual o inminente lesione, restrinja, altere o amenace, con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta,

derechos y garantías reconocidos por esta Constitución, un tratado o una ley. En el caso, el juez podrá

declarar la inconstitucionalidad de la norma en que se funde el acto u omisión lesiva”.

La existencia de procedimientos aptos para la efectiva tutela del derecho que se dice vulnerado basta para el rechazo de la acción de amparo, máxime cuando la parte accionante no...

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