DE ELIA, HECTOR SANTIAGO s/INCIDENTE CIVIL

Fecha17 Mayo 2017
Número de expedienteCIV 058963/1996
Número de registro178911267

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA D 58963/1996 DE ELIA, H.S. s/INCIDENTE CIVIL Buenos Aires, de mayo de 2017.- FMC AUTOS Y VISTOS:

Corresponde señalar, en primer lugar, que el presente proceso carece de contenido patrimonial, pues tiende a la protección de la persona con capacidad restringida. En virtud de lo dispuesto por el art. 30 del arancel, modificado por ley 24.432, a los fines de la regulación de honorarios de los profesionales intervinientes, deben aplicarse las pautas del art. 6°, teniendo en cuenta el resultado obtenido y la complejidad e importancia de la labor profesional desarrollada, lo cual no impide considerar también como pautas el monto de los bienes del causante, sus ingresos y sus gastos.

Por otra parte, los artículos 451 y 475 del Código Civil anteriormente vigente establecían que el curador definitivo debe percibir por sus trabajos la décima...

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