elFrente y la Participacion Neuquina S/pedido de Personcarta Organica

Fecha de disposición27 Agosto 2007
Fecha de publicación27 Agosto 2007
SecciónSociedades,PARTIDOS POLITICOS
Número de Gaceta31225

NOTA A LOS ESTADOS CONTABLES NOTA 1: BASE DE PREPARACION DE LOS ESTADOS CONTABLES A.- NORMAS CONTABLES APLICADAS:

Las normas contables relevantes aplicadas a los estados contables correspondientes al ejercicio que se informa fueron:

A.1 - CONSIDERACION A LOS EFECTOS DE LA INFLACION No se ha considerado el efecto inflacionario en los Estados Contables dado que-los mismos no son significativos para el período considerado, por lo tanto, los presentes estados contables han sido preparados sin reconocer los cambios en el poder adquisitivo de la moneda.

A.2 - EXPOSICION Se ha utilizado el modelo de presentación contemplado por las resoluciones técnicas Nros. 8, 11 y 12 de la F.A.C.P.C.E.

No han podido ser segregados razonablemente los componentes financieros implícitos y los resultados por tenencias contenidos en las cuentas de resultados, de modo tal que la referida circunstancia aunque no resulta significativa, conlleva una limitación en la exposición del resultado del ejercicio.

A.3. - CRITERIOS DE VALUACION Los estados contables han sido preparados siguiendo los lineamientos enunciados por la Resolución Técnica Nro. 10 de la F.A.C.P.C.E.

B.- PERIODO El Ejercicio Económico comprende un período de 12 meses, desde el 01 de enero de 2006 al 31 de diciembre de 2006.

Las Notas y los Anexos forman parte integrante de estos Estados Contables.

Firmado al solo efecto de su identificación con mi informe de fecha 01-08-2007.

MARIO ALBERTO FRANCIONI, Contador Público Nacional Tomo III - Folio 131 - CPCERN Universidad Nacional del Sur. -- JAVIER ACEVEDO, Presidente. -- ALICIA M. MIER, Tesorero. -- DANIEL LOPEZ, Vice-Presidente.

MARIA SILVINA GUTIERREZ, Prosecretaria Electoral Nacional.

  1. 27/08/2007 N° 555.071 v. 27/08/2007 PARTIDO CORRIENTE PATRIA LIBRE Distrito Neuquén El Juzgado Federal N° 1 con Competencia Electoral de Neuquén a cargo de la Dra. Maria Carolina PANDOLFI, Secretaria Electoral del Dr. Juan Carlos Fernandez, sito en calle Santa Fé N° 318 de la Ciudad de Neuquén, comunica a la ciudadanía en general que en la causa: 'Incidente Control Patrimonial Campaña Electoral 23 de Octubre 2005-Partido Corriente Patria Libre' (Expte. N° 298-F° 200- Año 2005) se ha dispuesto que el informe final de campaña correspondiente a los comicios del 23 de Octubre de 2005 presentado por el partido, como así los autos de referencia sean puestos en Secretaria a disposición de cualquier interesado en su consulta y control, por el plazo de treinta (30) días corridos contados a partir de la publicación del presente, dentro del cual podrán formular las observaciones que entienden pertinentes.

    Secretaría Electoral Nacional, Neuquén 16 de Agosto de 2007.

    JUAN CARLOS FERNANDEZ, Secretario Electoral Nacional, Distrito Neuquén.

  2. 27/08/2007 N° 555.047 v. 27/08/2007 PARTIDO CORRIENTE PATRIA LIBRE Distrito Neuquén El Juzgado Federal N° 1 con Competencia Electoral de Neuquén a cargo de la Dra. Maria Carolina PANDOLFI, Secretaria Electoral del Dr. Juan Carlos Fernandez, sito en calle Santa Fé N° 318 de la Ciudad de Neuquén, comunica a la ciudadanía en general que en la causa: 'Incidente Control Patrimonial Ejercicio Anual Año 2005-Partido Corriente Patria Libre' (Expte. N° 241-F° 218- Año 2006) se ha dispuesto que el ejercicio contable año 2005 presentado por el partido, como así los autos de referencia sean puestos en Secretaria a disposición de cualquier interesado en su consulta y control, por el plazo de treinta (30) días corridos contados a partir de la publicación del presente, dentro del cual podrán formular las observaciones que entienden pertinentes.

    Secretaría Electoral Nacional, Neuquén, 16 de Agosto de 2007.

    JUAN CARLOS FERNANDEZ, Secretario Electoral Nacional, Distrito Neuquén.

  3. 27/08/2007 N° 555.050 v. 27/08/2007 PARTIDO 'EL FRENTE Y LA PARTICIPACION NEUQUINA' Distrito Neuquén CARTA ORGANICA DEL PARTIDO 'El Frente y la Participación Neuquina' DISTRITO NEUQUEN TITULO I DE LOS AFILIADOS

Artículo 1 Constituyen el Partido 'El Frente y la Participación Neuquina' los ciudadanos argentinos, nativos o naturalizados que, habiendo adherido a sus Declaración de Principios y Bases de Acción Política, se encuentren inscriptos en los registros oficiales que llevan los órganos locales del Partido

El domicilio del Partido 'El Frente y la Participación Neuquina' se fija en la ciudad de Cutral Có.

Artículo 2 Para la afiliación al Partido deberán adoptarse y cumplir las disposiciones contenidas en la Ley 23.298, Ley 25.600, sus complementarias y modificatorias.
Artículo 3 Los ciudadanos afiliados al Partido ejercerán el gobierno y la dirección del mismo por intermedio de los organismos creados por esta Carta Orgánica Todos los afiliados deberán ajustar su actuación a lo dispuesto por esta Carta Orgánica.
Artículo 4 La Mesa Provincial determinará las condiciones de afiliación de los ciudadanos cumpliendo los requisitos legales que fueran aplicables y reglamentará la inscripción de adherentes menores de 18 años o extranjeros

La afiliación se encontrará abierta permanentemente.

Artículo 5 Con la aceptación de la afiliación por parte de la Mesa Provincial, el padrón de afiliados será administrado por la Junta Electoral Provincial, de acuerdo a lo que establezca la Carta Orgánica y sus disposiciones reglamentarias.
TITULO II DEL GOBIERNO DEL PARTIDO Artículos 6 a 32
Artículo 6 El Partido 'El Frente y la Participación Neuquina' es gobernado por el CONGRESO PROVINCIAL , el PLENARIO PROVINCIAL, la MESA PROVINCIAL, las MESAS DE LA LOCALIDAD y zona de influencia, y el PLENARIO DE LA LOCALIDAD y zona de influencia.- En todos los

Segunda Sección BOLETIN OFICIAL Nº 31.225 33Lunes 27 de agosto de 2007 casos deberá ajustarse a los establecido por la Ley 23.298, Ley 25.600, sus complementarias y modificatorias, contemplando a su vez las normas constitucionales en la materia.

El desarrollo de la actividad partidaria requerirá la constitución, al menos, del Congreso Provincial y de la Mesa Provincial.

CAPITULO I DEL CONGRESO PROVINCIAL Artículos 7 a 13
Artículo 7 La autoridad superior del Partido es ejercida por EL CONGRESO PROVINCIAL, que está formada por los Delegados elegidos por la localidad y zona de influencia

Tiene su domicilio real en la Provincia del Neuquén. Se constituye válidamente y funciona con el quórum de la mayoría de los miembros que la integran. En su defecto, y transcurrido una hora desde la fijada en la convocatoria, podrá hacerlo válidamente con la asistencia de por lo menos un tercio de sus miembros.

Designa su Mesa Directiva a pluralidad de votos, la que estará compuesta por un Presidente, un Vicepresidente Primero, un Vicepresidente Segundo y cuatro Secretarios, El mandato de la Mesa Directiva es de dos (2) años y deberá funcionar con quórum no menor de cuatro de sus miembros.

La composición de sus integrantes podrá modificarse por el voto afirmativo de las dos terceras partes de los miembros presentes en laAsamblea, siempre que la cuestión esté en el orden del día de la sesión.

La Mesa Provincial, la Mesa Ejecutiva del bloque legislativo y los Secretarios Generales de cada Mesa de Localidad y zona de influencia tendrán derecho a voz en el Congreso Provincial.

Artículo 8 Es atribución de la Mesa Directiva del CONGRESO PROVINCIAL la organización de las convocatorias y el funcionamiento interno de la Asamblea.
Artículo 9 El CONGRESO PROVINCIAL se integrará con dos delegados fijos por cada una de las localidades cabecera de Departamento y su zona de influencia, la que abarcará la totalidad del Departamento de acuerdo a la división política de la Provincia, excepto el Departamento Confluencia.

En el Departamento Confluencia se elegirán dos delegados fijos por cada una de las siguientes localidades y zona de influencia: Neuquén, Plottier,

Senillosa, Centenario, Cutral Có y Plaza Huincul.

La zona de influencia de cada una de estas localidades estará dada por su cercanía geográfica.

Además en cada localidad y su zona de influencia se elegirán:

  1. 1 (un) delegado por cada diez por ciento (10%) de los votos obtenidos en la última elección a diputados nacionales (o fracción de cinco por ciento).

  2. 1 (un) delegado por la cantidad de afiliados al Partido 'El Frente y la Participación Neuquina' en cada una de las zonas anteriormente establecidas de acuerdo al Anexo 1.

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