Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, 2 de Febrero de 2011, expediente 3.618-P

Fecha de Resolución 2 de Febrero de 2011

Poder Judicial de la Nación N° 8/11-P/Int.. Rosario, 2 de febrero de 2 011.-

Visto, en Acuerdo de la Sala “B”, el expediente n° 3618-P

de entrada, “Policía Federal s/ Eleva Actuaciones s/ incidente de Nulidad en expediente n° 160/09” (n° 280/10 del Juzgado Fed eral n° 1 de la ciudad de Santa Fe).

Vienen los autos a conocimiento del Tribunal en virtud de la apelación deducida por la Defensora Pública Oficial, Dra. J.D., en ejercicio de la defensa de W.D.O. y A.R.A.F. (fs. 9/10) contra la Resolución n° 372 de l 14 de mayo de 2010

(fs. 6/7), mediante la cual se dispuso rechazar el planteo de nulidad efectuado por esa defensa contra el acta de detención de ambos encartados y que dio origen a las actuaciones en el expediente principal.

Elevados los autos a la Alzada (fs. 13), se dispuso la intervención de la Sala “B” (fs. 14), se designó audiencia oral en los USO OFICIAL

términos previstos por el art. 454 del C.P.P.N. (fs. 15) a la que concurrió la Defensora Pública Oficial n° 1, Dra. R.G. rta en representación de ambos encartados (fs. 17), quedando los autos en condiciones de ser resueltos.

Y Considerando que:

  1. Al interponer el recurso de apelación, la defe nsa de )

    O. y F. realizó una síntesis de lo que a su criterio constituyen las constancias incorporadas a los autos principales, y de los motivos por los que esa parte planteó la nulidad de las detenciones de ambos encartados.

    Se agravió por considerar que el juez a quo entendió que en el caso que nos ocupa concurrían los requisitos establecidos por el art.

    284, inciso 3° del C.P.P.N., norma que obliga a la policía a proceder a la ,

    detención de personas prescindiendo de orden judicial, en casos excepcionales.

    Argumentó que no existía en el caso peligro inminente de fuga por parte de Olmedo y F., motivo por el cual entendió que el personal policial actuante, que los reconoció como las mismas personas que habían protagonizado el hecho presuntamente ocurrido el 26 de febrero de 2010, debió haber solicitado a la autoridad judicial las correspondientes órdenes de captura.

    Concluyó señalando que los funcionarios policiales actuaron fuera de la ley, de manera caprichosa, arbitraria e ilícita.

    Al mejorar fundamentos ante esta Alzada, la defensa de O. y F. reiteró los argumentos desarrollados al momento de la interposición del recurso de apelación, solicitando que se revoque el auto apelado, que se declare la nulidad pretendida y se sobresea a sus pupilos.

    Destacó que con la detención sin orden emanada de autoridad...

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