Plenario de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 22 de Febrero de 2017, expediente Rc 120900

Presidentede Lázzari-Kogan-Pettigiani-Negri
Fecha de Resolución22 de Febrero de 2017
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA
  1. 120.900 "Elenka SACAF y de M.- Raulen S.A. contra Total S.A. y S.P.A.. Desalojo (Art. 18 Incs. B y C Ley 13.246)".

//Plata, 22 de Febrero de 2017.

AUTOS Y VISTO:

  1. Conforme surge de las constancias adjuntadas, la Sala II de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de Azul confirmó la resolución que rechazó la impugnación a la tasación presentada y estableció la base regulatoria para el proceso (fs. 1/3 vta.).

    Contra este pronunciamiento, el apoderado de la parte actora articuló recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley (fs. 5/7 vta.), cuya denegatoria -con sustento en la no definitividad de la resolución impugnada (fs. 8/vta.)- motivó la presente queja (fs. 17/20; art. 292, C.P.C.C.).

  2. Al respecto -y más allá del fundamento de la denegatoria cuestionada-, esta Corte ha sostenido reiteradamente que, en principio, contra las decisiones de los tribunales colegiados en materia de honorarios, tanto en lo que hace a la regulación en sí misma como a las bases o pautas ponderadas para llegar a su determinación, no son admisibles los remedios extraordinarios (art. 57, segundo párrafo, dec. ley 8904; conf. doct. Ac. 92.066, resol. del 9-II-2005; Ac. 100.884, resol. del 8-X-2008; C. 120.274, resol. del 2-XII-2015; C. 120.285, resol. del 30-III-2016).

    Así, en elsub lite, en que se pretende impugnar la resolución de la alzada que confirmó la fijación de la base regulatoria, desestimando los agravios de la actora por considerar que los argumentos referidos a la falta de idoneidad del perito martillero para determinar el canon locativo como la necesidad de contar con el informe de un ingeniero agrónomo o las quejas sobre el procedimiento seguido para estimar el valor locativo, eran todas cuestiones previamente resueltas que no correspondía reeditar, agregando asimismo que no se había logrado desvirtuar la conclusión del perito en la mentada...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR