Elektra de Argentina S.A. - Elektrafin de Argentina S.A.
Fecha de la disposición | 11 de Junio de 2010 |
2.2.TRANSFERENCIAS ANTERIORES ACENAF S.R.L.
María Martha Caffarone DNI 13.782.683;
Marisa Mosto DNI 12.946.250; Georgina María Walker DNI 13.735.253 y Carola María Florit DNI 14.915.238 socias integrantes que representan el 100% de las cuotas sociales de Acenaf SRL CUIT 30-68069096-7 informan que habiéndose concretado y registrado ante la Inspección General de Justicia la transferencia de la totalidad de las cuotas sociales de Acenaf SRL a nombre de las mismas, desisten de continuar con la transferencia del fondo de comercio iniciada y no concluida desde Acenaf SRL a las socias mencionadas. Autorizado por instrumento privado y certificación notarial Acta Nº 190 del Libro Nº 155 del Registro Notarial Nº 1424 de Capital Federal el 01/12/2009: José Guillermo Lego. Contador Público. DNI 8.264.003.
Contador José Guillermo Lego Legalización emitida por: Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Nº 31.922 42 res o empresas, consorcios, uniones transitorias de empresas, constituidas o a constituirse, y cualquier otro contrato asociativo o de colaboración; (2) la compra, venta o inversión en bienes muebles (vinculadas o no al otorgamiento de créditos de consumo o personales) o inmuebles, incluyendo la compra, venta o intermediación de títulos públicos o privados, acciones y otros valores mobiliarios; (3) el otorgamiento de créditos con garantía real o personal o sin ellas, incluyendo el otorgamiento de créditos personales y de consumo destinados a la adquisición de bienes de uso o de consumo corriente; (4) la toma de dinero en préstamo; (5) el otorgamiento de garantías, la aceptación de garantías, incluyendo el otorgamiento de fianzas y avales, con contra garantías o sin ellas; (6) la emisión, aceptación, el descuento, la compra, la venta de letras, pagarés, prendas, giros, cartas de créditos y otros documentos negociables; (7) la adquisición de préstamos, la asunción de sus riesgos, la gestión de su cobro, y la prestación de asistencia técnica y administrativa a ese respecto, con exclusión de todo asesoramiento que, en razón de la materia, esté reservado a profesiones reglamentadas; (8) la creación, desarrollo, dirección, administración, comercialización, explotación y operación de sistemas de tarjetas de crédito y/o débito y/o compra y/o afines; y (9) el asesoramiento en la aprobación de créditos para la adquisición de las mercancías, prestando servicios de asesoría necesarios o convenientes. Se excluyen las operaciones financieras que requieran el concurso del ahorro público o se encuentren comprendidas en la ley 21.526 de entidades financieras, y aquellas en las que, en razón de la materia, estén reservadas a profesiones reglamentadas; y (j) Recibir sumas de dinero de terceros particulares, comunicar su recepción a los destinatarios de dichas sumas, depositar y extraer fondos de bancos, tanto nacionales como internacionales, privados o estatales, y entregar sumas de dinero a los destinatarios señalados por los mandatarios.
Para el cumplimiento del objeto social, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto, así como también todo otro acto y actividades anexas y conexas a las señaladas que se vinculen directa o indirectamente con el objeto social, siempre que éstas sean permitidas por la ley, e incluso para contraer empréstitos en forma pública o privada mediante la emisión de debentures y obligaciones negociables'; y (g) como consecuencia de la fusión por absorción, Elektra de Argentina S.A. aumenta su capital social de $ 251.738.000 a $ 259.232.167, reformándose el Artículo Cuarto del Estatuto Social, siendo su nuevo texto el siguiente...
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