Aviso Oficial Suspension en elEjercicio Profesional de la Abogada Paula F. Clementini

Fecha de publicación18 Septiembre 2007
Fecha de disposición18 Septiembre 2007
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31241

AUTORIZADA SU PUBLICACION.

Ing. Agr. MARCELO DANIEL LABARTA, Director de Registros de Variedades, Instituto Nacional de Semillas (INASE).

El Consejo Directivo del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal RESUELVE. 1. Regístrese en el legajo y dése ejecución a la sanción de suspensión en el ejercicio profesional de la abogada Paula Fabiana CLEMENTINI (DNI 20.838.476), Tº 69 Fº 513

Fdo.: ALVARO EDUARDO J. F. PEREZ DE CASTRO, FELIPE MARIO LIPORACE, ELVIRA CARBALLO, INES NOEMI ZANONI, PATRICIA MONICA SZAIDENFIS.' 2. Déjase constancia que la suspensión importa la inhabilitación para el ejercicio profesional de la abogacía en la jurisdicción que comprende la Ley 23.187, la que se extenderá por el plazo de 6 MESES, desde el 14 de mayo de 2007 hasta el 31 de noviembre de 2007. 3. Publíquese por un día en el Boletín Oficial de la República Argentina. Fdo. JULIO ARGENTINO DECOUD (h.) Secretario General''.

e. 18/9 N° 67.139 v. 18/9/2007 MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION Resolución Nº 160/2007

Bs. As., 12/9/2007

VISTO el Expediente Nº 010-001507/1999 y sus agregados sin acumular Nº 010-001513/1999,

Nº 010-001514/1999, Nº 010-001515/1999, Nº 010-001516/1999, Nº 010-001517/1999, Nº 010-001518/ 1999, Nº 010-001509/1999, Nº 010-001510/1999, Nº 010-001511/1999 y Nº 010-001508/1999 todos ellos del Registro del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y CONSIDERANDO:

Que por las referidas actuaciones tramitan los reclamos formulados por diversos agentes y ex agentes del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, solicitando la cancelación de lo adeudado como resultado de lo dispuesto en los Artículos 45 y 46 de la Ley Nº 23.410, la Ley Nº 11.683 y los Decretos Nros. 2192 de fecha 28 de noviembre de 1986 y 792 de fecha 16 de julio de 1996.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, concluye que corresponde rechazar los reclamos con fundamento en el pronunciamiento de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION de fecha 5 de octubre de 1999 recaído, un caso idéntico al planteado en las actuaciones citadas en el Visto, en los autos caratulados 'CRIADO, Jorge Eduardo c/MINISTERIO DE ECONOMIA s/Proceso de Conocimiento'.

Que en dicho fallo la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION expresa que el objeto de las citadas actuaciones estriba en establecer si las sumas a las que hacen...

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