Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 27 de Mayo de 2020

Fecha de Resolución27 de Mayo de 2020
EmisorCorte Suprema de Justicia
Cita333/20
Número de CUIJ21 - 16341933 - 2

Reg.: A y S t 297 p 405/406.

Santa Fe, 27 de mayo del año 2020.

VISTOS: Los autos "ELECTRÓNICA MEGATONE S.A contra RíOS, P.J. - EJECUTIVO (CADUCIDAD) - (EXPTE. 94/16 CUIJ 21-16341933-2) sobre RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (QUEJA ADMITIDA)" (Expte. C.S.J. CUIJ N°: 21-16341933-2); y,

CONSIDERANDO:

  1. Por sentencia registrada en A. y S. T. 295, págs. 146/150, esta Corte declaró procedente el recurso de inconstitucionalidad interpuesto y, en consecuencia, anuló la sentencia que había declarado la nulidad de lo actuado desde el 22 de abril de 2016 e impuesto las costas de ambas instancias a la titular del Juzgado de Circuito N° 20.

    Contra dicho pronunciamiento la recurrente interpuso recurso de aclaratoria pretendiendo que este Tribunal se expida sobre la imposición de costas del recurso de inconstitucionalidad imponiéndolas a la actora.

    Señaló que conforme el artículo 12 de la ley 7055 las costas se deben imponer a la accionante atento su oposición al recurso de inconstitucionalidad y posterior desistimiento luego de admitida la queja.

  2. La omisión de pronunciamiento sobre gastos causídicos configura un supuesto susceptible de ser subsanado por medio del recurso intentado.

    En el caso, en el decisorio de este Tribunal no recayó decisión sobre las costas de la instancia extraordinaria prevista por la ley 7055, por tanto corresponde aclarar el mismo, mas no con el alcance solicitado -que se impongan a la parte actora- sino que se impondrán en el orden causado (art. 250, C.P.C. y C.), atento no ostentar la peticionante...

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