ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD Resolución Nº 311/2011 ACTA Nº 1170 Expediente ENRE Nº 25.910/2008

EmisorENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Fecha de la disposición28 de Septiembre de 2011

Bs. As., 28/9/2011

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Sancionar a la “EMPRESA DISTRIBUIDORA SUR SOCIEDAD ANONIMA” por incumplimiento al Artículo 25 incisos x) e y) de su Contrato de Concesión y punto 5.5.1 del Subanexo 4 de dicho contrato (y Resoluciones ENRE Nº 2/1998 y ENRE Nº 184/2000), en el semestre 24 de la etapa 2, que va desde marzo a agosto de 2008, respecto al relevamiento y procesamiento de los datos que permiten evaluar la Calidad del Producto Técnico —perturbaciones— con una multa de PESOS VEINTINUEVE MIL NOVECIENTOS DOS CON 54/100 ($ 29.902,54). 2.- La suma de PESOS VEINTINUEVE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 60/100 ($ 29.664,60) correspondiente a la multa establecida en el ARTICULO 1 de este acto deberá ser depositada en el plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos en la cuenta abierta según la Resolución ENRE Nº 171/2000 dictada el 15 de marzo de 2000, y acreditarlo oportunamente a los “usuarios activos” en los términos previstos en la citada Resolución, bajo apercibimiento de ejecución. 3.- La suma restante de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE CON 94/100 ($ 237,94) correspondiente a la multa establecida en el ARTICULO 1 de este acto, deberá ser depositada en el plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos en la cuenta corriente ENRE 50/652 Recaudadora Fondos de Terceros Nº 2915/89 del Banco de la Nación Argentina, Sucursal Plaza de Mayo, bajo apercibimiento de ejecución. 4.- Sancionar a la “EMPRESA DISTRIBUIDORA SUR SOCIEDAD ANONIMA” por incumplimiento al Artículo 25 incisos x) e y) de su Contrato de Concesión y punto 5.5.1 del Subanexo 4 de dicho contrato (y Resoluciones ENRE Nº 2/1998 y ENRE Nº 184/2000), en el semestre 25 de la etapa 2, que va desde septiembre de 2008 a febrero de 2009, respecto al relevamiento y procesamiento de los datos que permiten evaluar la Calidad del Producto Técnico —perturbaciones— con una multa de PESOS DOSCIENTOS UN MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON 44/100 ($ 201.357,44). 5.- La suma de PESOS DOSCIENTOS UN MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 93/100 ($ 201.347,93) correspondiente a la multa establecida en el ARTICULO 4 de este acto, deberá ser depositada en el plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos en la cuenta abierta según la Resolución ENRE Nº 171/2000 dictada el 15 de marzo de 2000 y acreditarlo oportunamente a los “usuarios activos” en los términos previstos en la citada Resolución, bajo apercibimiento de ejecución. 6.-...

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