Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Secretaria General 1, 12 de Abril de 2019, expediente CIV 002473/2019

Fecha de Resolución12 de Abril de 2019
EmisorCamara Civil - Secretaria General 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SECRETARIA GENERAL 1 2473/2019 EFESUM SRL c/ SAMY GROUP SA s/CONSIGNACION DE ALQUILERES Buenos Aires, de abril de 2019.CS AUTOS Y VISTOS; CONSIDERANDO:

Vienen las presentes actuaciones a conocimiento del Tribunal de Superintendencia con motivo de la contienda negativa de competencia suscitada entre los Juzgados Civiles n° 61 y 11.

La sociedad actora promueve demanda por consignación de alquileres respecto del local comercial ubicado en la Avda. Corrientes 5581 de la Ciudad de Buenos Aires.

La Sra. Juez Magistrada titular del Juzgado Civil n° 61 ordenó remitir los autos al Juzgado Civil n° 11, en virtud de la conexidad denunciada respecto del expediente caratulado “R., M.V. s/sucesión” (n° 92.436/12).

Tal temperamento no fue aceptado por la Sra. Juez del mencionado Juzgado, por los argumentos expuestos a fs.

41/42.

Planteada en estos términos la contienda, se señala que la conexidad apta para producir el desplazamiento de la competencia debe basarse en una identidad entre las distintas pretensiones, derivada de la causa, del objeto o de ambos elementos, o en la existencia de una íntima vinculación entre los asuntos, completando la figura la identidad de sujetos. En el primer caso, se tiende a evitar el riesgo del dictado de sentencias contradictorias, en tanto que en el segundo se persigue facilitar la solución de un litigio en base al conocimiento que tenga el juzgador de circunstancias que se debaten en otro u otros expedientes y que se relacionan de manera íntima con aquél.

Del estudio de las constancias obrantes en autos y las que se desprenden del expediente n° 92.436/12 no se advierten razones que, a la luz de las pautas señaladas Fecha de firma: 12/04/2019 Alta en sistema: 15/04/2019 Firmado por: B.V.O.A.M.P.P. #33089813#231873349#20190412084738588 precedentemente, justifiquen el pretendido desplazamiento de la competencia.

En la especie, se comparten los...

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