Efectos del recurso del art. 62 inc. b) de la ley 23.551.

AutorLucas Malm Green

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala VI, Sentencia Interlocutoria N° 30.924, 22.09.2008, expediente Nº 22.119/04, autos: “ASOCIACION TRABAJADORES DEL ESTADO C/ MINISTERIO DE TRABAJO S/ LEY DE ASOC. SINDICALES”

EL DOCTOR JUAN CARLOS FERNANDEZ MADRID DIJO:

En este estado de la causa en la que el Ministerio de Trabajo resolvió hacer extensivo a la Unión del Personal Civil de la Nación los alcances de la resolución Nº 579/04 por la que se hizo lugar al recurso jerárquico impetrado por la Asociación de Trabajadores del Estado, concluyéndose que la representación de los empleados legislativos debe ser ejercida por aquellas asociaciones sindicales con personería gremial en el ámbito de actuación del Honorable Congreso de la Nación, en proporción al número de afiliados cotizantes que representen dentro de ese ámbito, la Asociación del Personal Legislativo ha presentado el recurso que prevé el art. 62 inc. b) de la ley 23.551.

Con tal motivo solicita a fs. 384 que se declare que dicho recurso tiene efecto suspensivo.

Considero que es admisible la petición porque la materia sometida a conocimiento de este Tribunal implica la composición de organismos sólo posible con posterioridad al dictado de la resolución definitiva.

En lo pertinente al curso del procedimiento...

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