Editorial Troquel S.A.

Fecha de disposición14 Agosto 2007
Fecha de publicación14 Agosto 2007
SecciónSegunda Sección - Sociedades
Número de Gaceta31217

y tiene su domicilio legal en la Ciudad de Buenos Aires, pudiendo establecer agencias y sucursales, en cualquier lugar del país o el extranjero.'; 'ARTICULO NOVENO: Cada director dará en garantía del buen desempeño de sus funciones la suma de Pesos diez mil en las condiciones y por cualquiera de las formas establecidas en el artículo 75 de la Resolución General 7/05 de la Inspección General de Justicia. Los directores deben tener domicilio real en la República Argentina y constituir un domicilio especial en Argentina a los fines del artículo 256 'in fine' de la Ley de Sociedades Comerciales.' Dr. Leonardo Filippo autorizado en acta deAsamblea Extraordinaria del 06/07/07.

Abogado Leonardo H. Filippo

Nuevos Aranceles a partir del 01 de Agosto www.boletinoficial.gov.ar Res. SLyT Nº17/07 (B.O. 26/07/07) BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA Presidencia de la Nación Secretaría Legal y Técnica Dirección Nacional del Registro Oficial ANEXO I 1 - PUBLICACIONES 1.1 - Publicaciones con Previo Pago.

1.1.1 Textos de composición Corrida 1.1.1.1 Estatutos y Contratos de Sociedades Comerciales. Modificaciones Estatutos de sociedades por acciones y contratos de sociedades de responsabilidad limitada o cualquier otro tipo societario y/o modificaciones, de acuerdo con la Ley Nº 19.550 y modificatorias, se cobrará por cada renglón o línea de texto, de hasta SETENTA (70) espacios, o fracción: PESOS ONCE ($ 11) por cada día de publicación.

*El excedente de hasta SETENTA (70) espacios en cada renglón se considerará línea completa adicional, cuyo valor será de PESOS ONCE ($ 11) por cada día de publicación.

1.1.1.2 Otras publicaciones ordenadas por disposiciones legales Por Avisos Comerciales y Edictos judiciales, excepto sucesorios, y toda otra publicación ordenada por disposiciones legales se cobrará por cada renglón o línea de texto de hasta SETENTA(70) espacios, o fracción: PESOS SIETE CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 7.50) por cada día de publicación.

*El excedente de hasta SETENTA (70) espacios en cada renglón se considerará línea completa adicional, cuyo valor será de PESOS SIETE CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 7.50) por cada día de publicación.

1.1.1.3 Edictos Sucesorios Por...

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