Edictos Judiciales Remates Convocatorias, Licitaciones Avisos

Fecha de publicación23 Agosto 2012
Número de Gaceta13272
SecciónSección General
BOLETIN OFICIAL
PAGINA 4 Jueves 23 de Agosto de 2012
nacional N° 24.464 y la ley provincial XXV - N° 5,
con destino al pago de los Servicios correspon-
dientes a los VRD y de los Gastos del Fideicomiso
en las condiciones establecidas en el Contrato de
Fideicomiso Financiero;
g) Dispónese la emisión en una o más series de
VRD por el monto y condiciones establecidos en
el Contrato de Fideicomiso Financiero, sin perjui-
cio de lo señalado en el Artículo 2 de la presente
Resolución. Los VRD tendrán como única fuente
de pago los bienes fideicomitidos, sin recurso
contra los bienes del Instituto Provincial de Desa-
rrollo Urbano y Vivienda ni contra la Provincia del
Chubut, sin perjuicio de las responsabilidades
asumidas por este Instituto Provincial de Desarro-
llo Urbano y Vivienda en el Contrato de Fideicomi-
so Financiero;
h) Dispónese, por intermedio de NFSA como Or-
ganizador y Fiduciario, solicitar la autorización de
cotización para los VRD en la Bolsa de Comercio
de Buenos Aires y/o cualquiera otra del país, y de
negociación en el Mercado Abierto Electrónico
S.A.;
i) Dispónese la contratación de Nación Bursátil
Sociedad de Bolsa SA como colocador de los VRD;
j) Ratificase la contratación de Moody’s Latin
America Calificadora de Riesgo S.A.-
Artículo 2º: El Presidente estará facultado para
determinar los términos y condiciones Definitivas del
Contrato de Fideicomiso Financiero, del Contrato de
Fideicomiso de Garantía, del Prospecto, y de los VRD
- a tenor de las observaciones que se reciban de las/
s bolsa/s y mercados donde se tramite la autorización
de cotización, o recomendaciones de la sociedad ca-
lificadora de riesgo -, determinar las condiciones de
colocación y el precio de colocación de los VRD y la
adjudicación de las ofertas junto con el Fiduciario y/o
el colocador, contratar los demás agentes
intervinientes — entre ellos la sociedad califica-
dora de riesgo, en su caso-, firmar toda la infor-
mación a presentar en las bolsas y mercados y la
realización de todos los demás actos relativos a
la constitución y funcionamiento del Fideicomiso
Financiero y del Fideicomiso de Garantía, y cuan-
tos más actos fuere menester, todo ello con las
más amplias facultades.-
Artículo 3º: Otorgar mandato a la Dra. Inés de
los Angeles Yamúss, para que intervenga en los
trámites ante la Bolsa de Comercio de Buenos Aires o
cualquiera otra en la que se resuelva pedir cotización
para los VRD y el Mercado Abierto Electrónico, ges-
tione las autorizaciones pertinentes, se notifique de
traslados y resoluciones, y formulen en los mismos
todo tipo de peticiones, estando asimismo especial-
mente facultada para firmar el prospecto y sus suple-
mentos, sus addendas, avisos y otros documentos
necesarios, así como introducir modificaciones en los
documentos presentados en función de las observa-
ciones que se reciban de las entidades antes indica-
das, e inicialar contratos, el prospecto, suplementos
y sus adendas.-
Artículo 4º: Publíquese en el Boletín Oficial de la Pro-
vincia, a efectos de notificar por acto público la cesión
estipulada en el Artículo 1 inciso d) de la presente Reso-
lución.-
Artículo 5º: Dése intervención, notifíquese a las
Gerencias de Proyectos y de Programación, Operativa,
Desarrollo Urbano, Recursos Financieros, Secretaría
General, a la Dirección de Control de Gestión y a la Sub-
secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Nación,
y cumplido archívese.-
Artículo 6º: Se autoriza a los Dres. Alejandro A. M.
Anderlic, D.N.I. N° 20.349.325, Nicolás Fernández Made-
ro, D.N.I. N° 21.832.767 y Sebastián Luegmayer, D.N.I. N°
25.440.255 para que, actuando conjunta o indistintamen-
te, se ocupen de la tramitación de las solicitudes dis-
puestas precedentemente y de cualesquiera otras que
oportunamente disponga la presidente o quien ésta auto-
rice, en especial, para que realicen las presentaciones
correspondientes ante la Bolsa de Comercio de Buenos
Aires y/o las reparticiones gubernamentales, bolsas y
mercados de valores en las cuales se solicite autori-
zación para la creación, oferta pública o cotización
de los VRD, según corresponda, tomando vista de
las actuaciones, contestando vistas, impulsando los
trámites y realizando cuantos más trámites fueran
menester para obtener las aprobaciones necesarias
para que se obtenga la autorización de oferta públi-
ca de cada clase así como la cotización de éstas en
las bolsas y mercados de valores seleccionados,
suscribiendo al efecto toda la documentación que
resulte necesaria.-Artículo 7º: Regístrese, comuní-
quese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumpli-
do. Archívese.
Arq. RICARDO ALBERTO TROVANT
Presidente
Instituto Provincial de la Vivienda
y Desarrollo Urbano
I.: 16-08-12 V.: 23-08-12
Sección General
EDICTO JUDICIAL
El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Ejecuciones de la
ciudad de Puerto Madryn, Dr. Luis Horacio Mures, Secre-
taría a cargo de la Dra. Helena Casiana Castillo en los
autos caratulados: “SUAREZ, MARTA BEATRIZ S/Suce-
sión Ab – Intestato” (Expte. 416 – Año 2012) cita y empla-
za por Treinta Días a herederos y acreedores de CIS-
TERNA, EDGARDO RENE mediante edictos que se publi-
carán por Tres Días, bajo apercibimiento de Ley.-
Puerto Madryn, 06 de Junio de 2012.-

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR