Edictos Judiciales Remates Convocatorias Licitaciones Avisos

Fecha de publicación17 Julio 2024
SecciónSección General
Número de Gaceta13272
BOLETÍN OFICIAL PÁGINA 29
Miércoles 17 de Julio de 2024
para TÉLAM, ya que, en 1984, agencias privadas como
Diarios y Noticias (DyN) y Noticias Argentinas (NA) so-
licitaron públicamente el cierre de la agencia nacional al
presidente, lo que no logró eco en Raúl Alfonsín.
Por su parte, el ex presidente, Carlos Saúl Ménem,
fue quien dispuso la intervención y luego la liquidación
de la agencia, acometida que no logró concretar. En la
misma sintonía, en el año 2000, el radical Fernando de
La Rúa reintentó avanzar con el cierre de TÉLAM, pero
fracasó debido a la resistencia y lucha de los trabaja-
dores, quienes luego dejaron fotos icónicas sobre la
caída del Gobierno de La Alianza. Recién en 2002, du-
rante la presidencia de Eduardo Duhalde la empresa
recuperó su condición autárquica.
A partir del año 2003, cuando TÉLAM lanzó su pri-
mer sitio web, vinieron períodos de amplio crecimiento
para la agencia, con intercambios con las principales
agencias de noticias del mundo, entre las que están
AFP (Francia), REUTERS (Inglaterra), EFE (España),
XINHUA (China), DPA (Alemania), ITAR-TASS (Rusia) y
YONHAP (Corea), además de crear un área de
audiovisual.
De todos modos, algún perjuicio le causó a la agen-
cia de noticias nacional el Decreto del año 2008 que le
quitó la elaboración y difusión de la publicidad oficial, y
habilitó a la Secretaría de Medios la contratación directa
de las agencias de publicidad.
Los trabajadores de TÉLAM reflejan que ese pro-
ceso de crecimiento culminó en 2014, con la inaugura-
ción del edificio de Belgrano 347, donde funciona gran
parte del área periodística de Télam, y se incorporaron
más corresponsalías en el exterior.
En junio de 2018, el gobierno de Mauricio Macri,
bajo la figura de reestructuración general, despidió a
357 trabajadores de la Agencia, arremetida que fue fre-
nada por la Justicia al ordenar dar marcha atrás con la
medida.
Cabe resaltar que TÉLAM es la mayor agencia de
noticias de Latinoamérica y la segunda más importante
en lengua castellana, con portales también en portu-
gués e inglés.
La agencia es fuente de información periodística
para unos 2800 abonados, entre los que se hallan me-
dios de prensa nacionales e internacionales, y oficinas
gubernamentales nacionales, provinciales y municipa-
les. La continuidad de una agencia nacional de noticias
permite que Argentina cuente con soberanía informati-
va y no dependamos de fuentes informativas externas,
las que en su mayoría responden a intereses privados.
La decisión de convertir una empresa autárquica en
oficina de publicidad del gobierno implica un nuevo ata-
que a la libertad de prensa, reduciendo su objeto a
agencia de publicidad.
Recordemos que la libertad de expresión está con-
sagrada en el artículo 140 de nuestra Constitución Na-
cional, cuando le acuerda a todo habitante el derecho,
conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio, de
publicar sus ideas por la prensa sin censura previa.
Hay que tener en cuenta la decisión política y arbi-
traria del Gobierno Nacional de desmantelar las ofici-
nas públicas de los organismos nacionales en todas
las provincias del país genera un enorme perjuicio tam-
bién en nuestro territorio Provincial, por la ola de despi-
dos en instituciones como TÉLAM, ANSES, PAMI, Cen-
tros de Referencia del Ministerio de Desarrollo Social,
SENAF, CONICET, CENPAT, INADI, Instituto Nacional de
Agricultura Familiar, Campesina e Indígena (INAFCI),
SENASA, Servicio Meteorológico Nacional, INTA,
Vialidad Nacional, Ministerio de Género, entre otros.
Ya son cientos los trabajadores nacionales despe-
didos en el territorio chubutense. Estos organismos
arrastran una problemática que ya lleva una década.
Hasta el año 2020, ninguna oficina pública gozó de in-
greso de nuevo de personal, y con la suma natural de
jubilaciones, retiros, traslados y, sea cual fuere la ra-
zón, en todas, la escasez de empleados fue el motivo
más complejo para soluciones de atención al público.
Con las últimas medidas del Gobierno del Presiden-
te de la Nación Javier Milei, los organismos nacionales
afrontan una grave crisis de desmantelamiento o direc-
tamente el cierre de los mismos, lo que afecta de mane-
ra directa a la población.
Por todo lo expresado precedentemente, solicito a
las señoras Diputadas y los señores Diputados el acom-
pañamiento al presente Proyecto de Declaración.
Sección General
PROTOCOLO DE EXPLORACIONES Y CATEOS
Provincia del Chubut
SOLICITUD DE ADJUDICACION DE UNA MINA VA-
CANTE DE ORO PLATA Y COBRE DISEMINADO DENO-
MINADA «DIAMANTE», UBICADA EN LOTE 09, SECCION
I-I, FRACCION D, LEGUA D, DEL DEPARTAMENTO PASO
DE INDIOS, PROVINCIA DEL CHUBUT. TITULAR: «HANAQ
ARGENTINA S.A.» EXPEDIENTE N° 12175/1991.-
«SOLICITUD DE MINA VACANTE. Original y 2 co-
pias. Nº DE EXPEDIENTE. 12175 AÑO: 1991 DATOS DEL
SOLICITANTE «HANAQ ARGENTINA S.A.» Apellidos,
Nombres/Razon Social Documento de Identidad DNI-LE-
LC Nacionalidad Profesión Estado Civil Av. Sarmiento
447 3° piso Domicilio Real: Calle/N° Salta Ciudad Salta
Provincia. Otros solicitantes Si existiera más de un so-
licitante, sus datos se consignaran al dorso. DATOS
DEL REPRESENTANTE LEGAL Bensimón Mario Apellido
y Nombre 23401628 Documento de Identidad DNI-LE-LC
Abraham Matthews 583 Domicilio Legal: Calle/N°
Rawson Ciudad. ANTECEDENTES DE LA MINA SOLICI-
TADA Nombre de la Mina «DIAMANTE» Paso de Indios
Departamento Paraje o Lugar. ESTA MENSURADA? SI-
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PÁGINA 30 Miércoles 17 de Julio de 2024
NO (X) N° DE PERTENENCIAS 4. MONTO DEL CANON
ADEUDADO $ 184.452 MONTO DEL CANON QUE SE
INGRESA SEGÚN COMPROBANTE ADJUNTO $ 276.678.
Firma del Solicitante» Hay una firma ilegible y un sello
aclaratorio que dice: «Mario Bensimón ABOGADO Mat.
1365-C.P.A.Tw.» En el Angulo superior derecho hay un
sello que dice; «MESA DE ENTRADAS SUBSECRETARIA
DE MINERIA ENTRO SALIO DOC. FOJAS. FECHA. 09
FEB 2024 HORA. 9.37 DOC. FOJAS. FECHA. HORA».
Hay una firma ilegible. En el reverso de la hoja hay un
sello que dice: «Presentado en mi oficina hoy catorce
de febrero del dos mil veinticuatro a las diez horas dos
minutos con Rep. Legal.» Hay una firma ilegible y un
sello aclaratorio que dice: «Esc. GRACIELA DE
BERNARDI SsMIN-Directora de Escribanía de Minas Mi-
nisterio de Hidrocarburos Chubut» «CDE. EXPTE. Nº
12175/91 MINA: «DIAMANTE» SUBSECRETARIA DE MI-
NERIA, 23 FEB 2024 Pase a la Dirección de Escribanía
de Minas (Registro Protocolar) para que informe si la
Mina solicitada como vacante se encuentra en condi-
ciones de ser adjudicada, y en caso afirmativo,
agréguese el presente expediente a su principal Expte.
Nº 12175/91.» Hay una firma ilegible y un sello aclarato-
rio que dice: «Abg. BRUNO A. RESTUCCIA Subsecreta-
rio de Minería MINISTERIO DE HIDROCARBUROS». CDE.
EXPTE. Nº 12175/91 MINA:»DIAMANTE» «DIRECCION
DE ESCRIBANIA DE MINAS, 23 FEB 2024 Vista la pre-
sentación realizada por «HANAQ ARGENTINA S.A.»,
corresponde: 1°) Tener por presentado a «HANAQ
ARGENTINA S.A.», con domicilio constituido, como so-
licitante de la Mina Vacante de oro, plata y cobre disemi-
nado denominada «DIAMANTE», tramitada bajo expe-
diente Nº 12175/91, inscripta como Vacante bajo el N°
10 F° 10 del Registro de Minas Vacantes en fecha 19/
04/23, por lo tanto está en condiciones de ser adjudica-
da.2°) Pasar las presentes actuaciones para que se
tome nota en la Base de Datos y en los libros y registros
correspondientes, para el informe de ubicación y para
que se liquide la deuda en concepto de Canon Minero si
la hubiere, al Departamento Mesa de Entradas, a Catas-
tro Minero y Dirección de Servicios Mineros respectiva-
mente.» Hay una firma ilegible y un sello aclaratorio que
dice: «Esc. GRACIELA DE BERNARDI SsMIN-Directora
de Escribanía de Minas Ministerio de Hidrocarburos
Chubut» «SUBSECRETARIA DE MINERIA, 24 FEB 2024
Visto el presente Expediente y el informe de la Direc-
ción de Escribanía de Minas de fojas 112, se dispone:
1º) Téngase por presentado a «HANAQ ARGENTINA
S.A.», en su carácter de solicitante de la Mina Vacante
de oro plata y cobre diseminado denominada «DIAMAN-
TE» Expediente Nº 12.175/91, por estar, la misma, en
condiciones de ser adjudicada; 2º) Pasen las presen-
tes actuaciones para que se tome nota en la Base de
Datos y en los libros y registros correspondientes para
el informe de ubicación, y para que se liquide la deuda
en concepto de Canon Minero si la hubiere, al Departa-
mento Mesa de Entradas, Catastro Minero y Dirección
de Servicios Mineros a sus efectos.» Hay una firma
ilegible y un sello aclaratorio que dice: «Abg. BRUNO A.
RESTUCCIA Subsecretario de Minería MINISTERIO DE
HIDROCARBUROS». «CDE. EXPTE. Nº 12175/91 MINA:
«DIAMANTE» DIRECCION DE ESCRIBANIA DE MINAS,
23 FEB 2024 VISTO: el presente Expediente, y el infor-
me de la Subsecretaria de Minería que antecede, co-
rresponde: 1. Disponer la adjudicación de la Mina va-
cante de oro plata y cobre diseminado denominada
«DIAMANTE», a nombre de «HANAQ ARGENTINA S.A.»
2. Ordenar la anotación en los Protocolos correspon-
dientes. 3. Ordenar la publicación en el Boletín Oficial
de la Provincia del Chubut de la solicitud y de la adjudi-
cación por tres (3) veces en el término de QUINCE (15)
días. Hay una firma ilegible y un sello aclaratorio que
dice: «Esc. GRACIELA DE BERNARDI SsMIN-Directora
de Escribanía de Minas Ministerio de Hidrocarburos
Chubut». «RAWSON, 25 MAR 2024 VISTO: El Expe-
diente Nº 12175/1991 de «CERRO VANGUARDIA S.A.»
S/Manifestación de Descubrimiento de un Yacimiento
de Oro, Plata y Cobre diseminado denominado «DIA-
MANTE» ubicado en el Departamento Paso de Indios,
Provincia de Chubut, y El Informe de la Dirección de
Escribanía de Minas a fs. 113, y; CONSIDERANDO: Que
a Fs. 100 por Disposición Minera N° 26/23 se admitió el
abandono de la Mina «DIAMANTE» manifestado por la
empresa, quedando VACANTE; Que a fs. 104/105 obra
constancia de la Solicitud de Mina Vacante a nombre de
«HANAQ ARGENTINA S.A.» Que esta Subsecretaria de
Minería se encuentra facultada para dictar la presente
Disposición. POR ELLO: EL SUBSECRETARIO DE MINE-
RIA DISPONE: Artículo 1º.- ADJUDICASE a «HANAQ
ARGENTINA S.A.» la Mina Vacante de Oro Plata y Co-
bre diseminado, denominada «DIAMANTE» ubicada en
la Sección I-I, Fracción D, Lote 09, Legua D, Departa-
mento Paso de Indios, Provincia de Chubut anotándose
a su nombre en el Registro de Adjudicación de Minas
Vacantes y tómese nota en los Registros correspon-
dientes, a cuyos efectos pase a la Dirección de Escri-
banía de Minas. Artículo 2º.- EMPLÁCESE al titular para
que en el término de DIEZ (10) días comparezca ante la
Dirección de Escribanía de Minas, a retirar copia de
Edicto y para que en el término de TREINTA (30) días, a
contar desde el retiro, acredite su publicación, todo
bajo apercibimiento de ordenar la caducidad de sus
derechos y la inscripción de la Mina en calidad de va-
cante. Artículo 3º.- PASE a la Dirección de Escribanía
de Minas, al Departamento de Catastro Minero y a la
Dirección de Control Técnico Minero para que tomen
nota. Artículo 4º.- HÁGASE saber al titular que deberá
declarar la ejecución de la Labor Legal y solicitar
mensura y demarcación de pertenencias dentro de los
términos legales (Art. 68°, 69°, 70°, y 71° del Codigo
Minería) bajo apercibimiento de Ley. Artículo 5: HAGA-
SE saber al titular que queda obligado a comunicar a la
Subsecretaria de Minería los datos de producción mi-
nera en la forma y plazo que este Organismo determine
y responder a la información que le sea solicitada. Artí-
culo 6º.- HÁGASE saber al titular que previo al inicio de
cualquier actividad minera deberá tener por presenta-
do y aprobado el Informe de Impacto Ambiental por la
Autoridad competente. Artículo 7º.- REGISTRESE,
NOTIFÍQUESE. REPÓNGASE. PUBLÍQUESE. DISPOSI-
CION MINERA Nº 55 /2024 SsMIN.— Hay una firma ilegi-
ble y un sello aclaratorio que dice: «Abg. BRUNO A.
RESTUCCIA Subsecretario de Minería MINISTERIO DE
HIDROCARBUROS».-

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