Edictos Judiciales Remates Convocatorias Licitaciones Avisos

Fecha de publicación22 Noviembre 2023
SecciónSección General
Número de Gaceta13272
BOLETÍN OFICIAL
PÁGINA 36 Miércoles 22 de Noviembre de 2023
del Procedimiento, el que será notificado a todas las
personas que participaron como postulantes en el mis-
mo. Asimismo, se les pondrá en conocimiento que aque-
llas personas que hayan cumplido con todas las Etapas
del Procedimiento y no hayan sido seleccionadas, inte-
graran una lista de mérito por el término de dos (2)
años, pudiendo ser convocadas a la cobertura del mis-
mo cargo, en caso de quedar vacante o de ser convo-
cadas para participar en otros requerimientos de co-
berturas de vacantes para la misma jurisdicción y agru-
pamiento por fuera de este Procedimiento específico.
TITULO VIII REQUISITOS DE INGRESO
Artículo 34°) Son requisitos necesarios para ingre-
sar las personas TRANS al Poder Judicial de la Provin-
cia del Chubut, las siguientes:
a) Tener dieciocho (18) años cumplidos o hasta el
tiempo de computar una antigüedad laboral tal que per-
mita a la edad legal prevista acceder al beneficio de la
jubilación ordinaria.
b) Haber cumplido con el mínimo de enseñanza que
se indica a continuación
-Para el personal Administrativo y Técnico: estu-
dios secundario completos, con excepción del perso-
nal de los Juzgados de Paz de segunda categoría y a
quienes cumplan funciones de chofer, a los que se les
exigirá estudios primarios completos.
-Para el personal Operativo: ciclo de enseñanza
primaria completo.
c) Presentar Certificado de Antecedentes Penales
expedido por el Registro de Antecedentes Penales (RAP)
y Certificado de Antecedentes Penales expedido por el
Registro Nacional de Reincidencia Ministerio de Justicia
y Derechos Humanos de la Nación.
d) Gozar de buena salud, lo que se acreditará con
el certificado pertinente a otorgarse por el servicio de
Salud y Seguridad Ocupacional del Superior Tribunal
de Justicia y/o quien asuma sus funciones.
e) Prestar declaración jurada, patrimonial y familiar.
f) Poseer idoneidad para el cargo a proveerse.
g) Contar con dos (2) años de residencia mínima en
la Provincia del Chubut.
El ES será responsable de velar por la observancia
y el cumplimiento de los requisitos exigidos para el in-
greso de personas TRANS.
Se podrá exceptuar:
h) Del requisito del cómputo de la antigüedad labo-
ral para acceder al beneficio de una jubilación ordina-
ria, impulsando una moratoria para abonar aportes en
el Instituto de la Seguridad Social y Seguros del Chubut
(Issys) a cargo del ingresante.
i) De la enseñanza mínima requerida para los car-
gos Administrativos y Técnicos y Operativos, debiendo
certificar la finalización educativa por cualquier modali-
dad y según corresponda al personal en el agrupa-
miento que ingresara, con el fin de adecuar su situa-
ción a los requisitos formales para el puesto de trabajo,
en un plazo no mayor a dos (2) años.
j) En el supuesto caso que la persona ingresante
por cumplimiento de la Ley I N° 621, contará con ante-
cedentes penales o procesos en trámite, el Superior
Tribunal de Justicia de la Provincia del Chubut realizará
una evaluación contextual de los mismos, decidiendo si
opera la prohibición dispuesta en el Art. 4 del Regla-
mento interno General, o puede exceptuarse.
El Superior Tribunal de Justicia podrá exceptuar de
los requisitos previstos, conforme lo dispuesto en los
incisos h), i) y j), a la persona propuesta por el ES en
caso de verificarse alguna de las situaciones que allí
se contemplan.
TITULO IX IMPUGNACION
Artículo 35°) Resulta aplicable en su parte pertinen-
te la Ley I N°18. Los plazos se contabilizarán a partir del
día siguiente a la notificación del acto puesto en crisis,
vía correo electrónico constituido. Transcurrido el pla-
zo, precluirá la instancia para recurrir la decisión. Las
impugnaciones deberán ser planteadas ante el ES.
Sección General
EDICTO
El Señor Juez de Primera Instancia del Juzgado de
Ejecución Nº1 de la Circunscripción Judicial de Trelew,
sito en calle 9 de Julio N° 261 5to. Piso con asiento en la
misma ciudad, Provincia del Chubut, Dr. Mauricio
HUMPHREYS, Juez, cita y emplaza por Treinta Días (30) a
herederos y acreedores de MUÑOZ JORGE ESTEBAN,
para que se presenten a hacer valer sus derechos en los
autos caratulados «MUÑOZ Jorge Esteban s/ Sucesión
ab-intestato» (EXPTE. 622/2023) mediante edictos que se
publicaran por tres (3) días bajo apercibimiento de ley.-
Trelew, noviembre 14 de 2023.-
EDUARDO VIGLIONE
Secretario
I: 17-11-23 V: 22-11-23
EDICTO
El Juzgado Letrado de 1ª Instancia de Ejecución N°
2 con domicilio en Avenida Hipólito Yrigoyen N° 650, 1°
piso, a cargo de Eduardo Oscar ROLINHO- JUEZ, Se-
cretaría 3, cita y emplaza a todos los que se consideren
con derecho a los bienes dejados por CHACON PEDRO
para que dentro del término de TREINTA (30) días así lo
acrediten en los autos caratulados: CHACON, Pedro s/
SUCESIÓN (Expte. 780/2023). Publíquense edictos por
el término de TRES (3) días en el BOLETÍN OFICIAL de la
Provincia del Chubut y en el Diario «CRÓNICA» de

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