Edictos del día 20/04/2007
Fecha de la disposición | 20 de Abril de 2007 |
PARTICULARES
COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA CAPITAL FEDERAL
Venta y transferencia de inmueble
Escribano Carlos Daniel Barcia, Matrícula 4400, Colegio de Escribanos de la Capital Federal, domiciliado en Presidente Roque Sáenz Peña 885, 2° piso, departamento F, Capital Federal, avisa: Roemmers S.A.I.C.I.F., domiciliada en Carlos Calvo 2756 C.A.B.A., vendió y transfirió libre de deuda su inmueble sito en la calle Deán Funes 1492, P.B., de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, habilitación municipal con Expediente N° 011194/98, destinado a "Oficina Consultora", a Gemabiotech S.A., CUIT 30-70506516-7, domiciliada en Marcelo T. de Alvear 2289, C.A.B.A. Reclamos de ley en el domicilio de la calle Presidente Roque Sáenz Peña 885, 2° piso, departamento F, Capital Federal.
Carlos D. Barcia
Escribano
Solicitante: Colegio de Escribanos
de la Capital Federal
EP 33 (bis)
Inicia: 16-4-2007 Vence: 20-4-2007
MINISTERIO DE HACIENDA
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Comunicación
La Dirección General de Rentas hace saber a la firma Decaservi S.A., inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos bajo el número 901-070591-9, con domicilio fiscal en la calle Lavalle 3161, 7° B de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires y localizado por el actuante en la calle Bartolomé Mitre 2363, 1° piso, C.A.B.A., que mediante Carpeta Interna N° 50.834-DGR/06, Cargo N° 414.168/06, y al no haber sido atendido el actuante por persona debidamente autorizada y de acuerdo con las prescripciones contenidas por el artículo 4° del Código Fiscal (t.o. 2006), se encuentra sometido a una inspección destinada a verificar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias respecto del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, quedando intimado a designar dentro de los cinco días hábiles a la persona que habrá de representarlo a efectos de satisfacer los requerimientos del agente de la Dirección General de Rentas, bajo apercibimiento de continuarse la inspección con los elementos e información que pueda obtener el organismo fiscal, ya sea a través de terceros o en su propio establecimiento y sin perjuicio de las sanciones que pudieran corresponder por la presunta comisión de las infracciones a los deberes de índole formal o material previstas y sancionadas por los artículos 81, 89 y 93 del Código Fiscal (t.o. 2006).
Asimismo, se le comunica que de acuerdo con las prescripciones contenidas por el art. 81 del Código Fiscal Vigente (t.o. 2006), deberá presentarse y poner a disposición del agente Bianchi, Adrián...
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