Edictos del día 28/02/2007

Fecha de la disposición28 de Febrero de 2007

PARTICULARES

Comunicación

"Que por fallecimiento de la Sra. Esther Nieva, se deben comunicar en forma urgente al tel. 4911-0630, Daniela Hija".

Solicitante: Daniela Elizabeth Díaz

EP 20

Inicia: 23-2-2007 Vence: 1°-3-2007

Transferencia de habilitación

Se hace saber que la firma Artos Latinoamericana Buenos Aires S.A., con domicilio en la calle Saladillo 2452, ha transferido la habilitación que poseía sobre el inmueble ubicado en la calle Saladillo 2459 de esta Ciudad de Buenos Aires, del rubro Fraccionamiento y Envasamiento de Productos Medicinales, Habilitación Municipal con número de disposición 004641 DGRyCE/96 a la firma Instituto Sanitas Argentino S.A. con domicilio en la calle Saladillo 2459, Ciudad de Buenos Aires.

Los firmantes se encuentran autorizados por la asamblea general de accionistas y de directorio de fecha 15/12/05.

Buenos Aires, 15 de enero de 2007.

Solicitantes: Jorge Francisco Beistain

Presidente

Andrés Granucci

Director

EP 21

Inicia: 26-2-2007 Vence: 2-3-2007

Transferencia de local

Ana Ángela José transfiere a Federico Gabriel Veneruzzo con domicilio en Arévalo 2771, Ciudad de Buenos Aires, el local sito en Arévalo 2771, planta baja UF: 2, Capital Federal, que funciona en el carácter de lavandería mecánica autoservicio por exp. 25143/99, libre de deudas y/o gravámenes. Reclamo de ley Arévalo 2771.

Solicitante: José Alfredo Veneruzzo

EP 22

Inicia: 26-2-2007 Vence: 2-3-2007

JUZGADO DE CONCILIACIÓN Y TRÁMITE DEL TRABAJO DE LA QUINTA NOMINACIÓN (S.M. DE TUCUMÁN)

Toledo Gabriela María c/Eventual Service y Otros s/cobro de pesos - Expediente N° 180/04

Oficio Ley 22.172 N° 060.

San Miguel de Tucumán, 18 de octubre de 2006.

Juicio: "Toledo Gabriela María c/Eventual Service y otros s/cobro de pesos - Expediente N° 180/04".

Se hace saber a los Sres. Carmen Graciela Fernández; Julio César Bellone y Martha Elvira Marcotti y a las razones sociales: Team´s Marketing S.A. y Warranty Choice S.A., que por ante este Juzgado de Conciliación y Trámite del Trabajo de la Quinta Nominación, a cargo de la Dra. Susana Catalina Fe, Juez; Secretaría Actuaría desempeñada por el Dr. Marcelo Aníbal Rodríguez, tramitan los autos caratulados: "Toledo Gabriela María c/Eventual Service y Otros s/cobro de pesos", Expediente N° 180/04, en los cuales se ha dictado el presente proveído que se transcribe a continuación: "San Miguel de Tucumán, 2 de octubre de 2006. Téngase presente el informe que antecede. En mérito a lo peticionado e instrumentos de Poderes ad- litem que corren agregados a fs. 2 y 353: Téngase a la letrada Sara Inés Del Valle Asad por presentada en el carácter invocado.- Por constituido domicilio a los efectos procesales.-Désele la correspondiente intervención de ley.- En mérito a lo peticionado e informe que corre glosado a fs. 435: Notifíquese a las personas físicas demandadas (Sres. Carmen Graciela Fernández; Julio César Bellone y Martha Elvira Marcotti) y a las razones sociales: Team’s Marketing S.A. y Warranty Choice S.A., el traslado de la demanda ordenado mediante proveído obrante a fs. 355 mediante la publicación de edictos por el término de cinco días en los Boletines Oficiales de esta Provincia; de la Capital Federal y de la Provincia de Bs. As.- A sus efectos, líbrense Oficios Ley N° 22.172 por Secretaría con transcripción de una síntesis redactada de la demanda, haciéndose constar que la letrada presentante y/o la persona que la misma indicare se encuentran facultadas para su diligenciamiento.- Téngase presente el cambio de denominación que se denuncia respecto de la empresa Job Servicios Integrales para Empresas S.A.- Adjunte nuevo instrumento de poder con facultades para accionar en contra de Mercados y Logísticas S.A.- Fecho, se proveerá lo pertinente respecto de dicha razón social". Fdo. Dra. Susana Catalina Fe (Juez). "San Miguel de Tucumán 21 de abril de 2005.- Agregúese y téngase presente la copia del Poder Ad - Litem que se acompaña. Téngase por cumplimentado con lo ordenado oportunamente.- En su mérito: CÍTESE Y EMPLÁCESE a los demandados en los domicilios que se denuncian, a las razones sociales en la persona de su representante legal, a fin de que en el perentorio término de veinte días comparezcan a estar a derecho en la presente causa, bajo apercibimiento de ley. Al mismo tiempo y por igual plazo córraseles traslado de la demanda para que la contesten, bajo apercibimiento de las prevenciones contenidas en los arts. 56, 58 y 60 y cumplimiento con el 61 del C.P.L. lunes y jueves o siguiente día hábil en caso de feriado para notificaciones en Secretaría.- Líbrense Cédulas Ley N° 22.172

haciendo constar la persona facultada para su diligenciamiento". Fdo. Dra. Susana Catalina Fe (Juez). San Miguel de Tucumán 17/10/06. A continuación se transcribe copia extractada de la demanda: Mario M. Racedo, abogado, con domicilio en calle 9 de Julio 485, 3° piso, of. G, de San Miguel de Tucumán y constituyéndolo a los efectos legales en Casillero de Notificaciones N° 463, a V.S. digo: Conforme lo acredito en el Poder Ad-litem que adjunto, soy apoderado de la Sra. Gabriela María Toledo DNI 22.073.004, con domicilio en calle Corrientes 207, 5° A, de San Miguel de Tucumán, que con precisas instrucciones de mi mandante, inicio esta demanda por cobro de pesos en contra de: Eventual Service S.A. con domicilio en Cramer 1652 de B° Belgrano - Buenos Aires, y/o Job Servicios Integrales para Empresas S.A. con domicilio en Cramer 1652 de B° Belgrano - Buenos Aires, y/o Team’s Marketing S.A. con domicilio en Cramer 1652 de B° Belgrano - Buenos Aires, y/o Carmen Graciela Fernández, con domicilio en Cramer 1652 de B° Belgrano - Buenos Aires, y/o Sistemas Temporarios S.A. con domicilio en calle Uruguay 775, 3° piso, de la provincia de Buenos Aires, y/o Julio César Bellone, con domicilio en calle Uruguay 775, 3° piso, de la provincia de Buenos Aires.- Pretendo por esta acción se condene a las mismas al pago de la suma de pesos dieciséis mil novecientos setenta y seis con 80/100 ($ 16.976,80) por los conceptos que a continuación se transcriben: 1) Indemnización por antigüedad:............$ 3.747,20.- 2) Indemnización por preaviso omitido:........$ 936,80.- 3) SAC proporcional al año 2002, 1° sem.:.........$ 205,57.- 4) SAC s/Preaviso omitido:........$ 78,06.- 5) Integración mesa de despido:...........$ 593,30.- 6) Remuneración marzo 2002:...........$ 343,49.- 7) Remuneración enero y febrero 2002:..........$ 1.873,60.- 8) Vacaciones proporcionales al año 2002: (4 días):.........$ 149,88.- 9) Indemnización art. 80 LCT:..........$ 1.873,60.-10) Indemnización art. 2° Ley N° 25.323:........$ 2.342.-11) Indemnización art. 16, Ley N° 25.561:............$ 4.833,30.-HECHOS: La relación laboral de la actora con Grupo Job se inicia como dependiente de Job S.A., el día 1° de julio de 1998 (fecha de ingreso), su oficina sucursal en la ciudad de San Miguel de Tucumán se encontraba ubicada en calle Salta 113, 4° piso, depto. A. Desde su ingreso hasta septiembre de 1999 percibió sus haberes como dependiente de Job S.A., posteriormente su contrato de trabajo fue transferido a otra empresa del mismo grupo, denominada Eventual Service S.A. En cuanto a las tareas desempeñadas por la actora, desde su fecha de ingreso 1°/7/98, y hasta julio de 2000 desarrollaba tareas de Ejecutivo de Ventas, consistente en ventas y atención de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR