EDICTOS del día 05/10/2006

Fecha de la disposición 5 de Octubre de 2006

PARTICULARES

Retiro de restos

Se comunica a todos los familiares que tengan deudos en la bóveda de la familia Lamarca y González Moreno, ubicada en el Cementerio del Norte Recoleta Sepulturas 4, 5, 6 N° 26 más Sepultura 4 y 5 N° 27 Sección N° 17 que pasen a retirarlos dentro de los 5 días, caso contrario serán cremados y depositados al osario común.

Solicitante: Norberto Antonio Gay

EP 105

Inicia: 29-9-2006 Vence: 5-10-2006

n Retiro de restos

Se comunica a los familiares de José Astuni y Carmen Fernández, inhumados en el Cementerio de Flores, en la bóveda ubicada en los Lotes 21 y 22, Tablón 1, Sección 2, que deberán retirarlos dentro de los quince (15) días de la fecha. En caso contrario se solicitará a la Dirección General de Cementerios la cremación delos cuerpos, restos y posterior destino de las cenizas.

Solicitante: Luis Eugenio Marelli

EP 106

Inicia: 2-10-2006 Vence: 6-10-2006

n Retiro de restos

Se comunica a todos los familiares que tengan deudos en la bóveda de la familia Cesio y Schiaffino, ubicada en el Cementerio de la Chacarita en la Sección 5ª, Manzana 8, Tablón 16, Lotes 8/9 pasen a retirarlos dentro de los 5 días caso contrario serán cremados y depositados en el Osario Común.

Solicitante: Norberto Antonio Gay

EP 108

Inicia: 5-10-2006 Vence: 11-10-2006

Transferencia de inmueble

Cirilo Benito Acosta, libreta de enrolamiento número 3.854.035, domiciliado en calle Cachí 650 de esta ciudad, transfiere a Ángel Antonio Longo, titular del documento nacional de identidad número M 8.490.001, domiciliado en la avenida Cobo 652, departamento "K", de esta ciudad, el negocio: de Taller Mecánico (reparación de automotores), habilitado por Expediente N° 125.363-A-961/1961, sito en calle Ventana 3588 y Cachí 650, de Capital Federal. Reclamos de ley en el mismo local.

Solicitante: Sebastián Rodríguez

EP 107

Inicia: 4-10-2006 Vence: 10-10-2006

MINISTERIO DE GOBIERNO

DIRECCIÓN GENERAL CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL

Intimación

Intímase al propietario del inmueble sito en Av. Corrientes 1132/34, referente a la Nota N° 17.762-DGCCA/05 (ref. Exp. N° 40.933/03), a la desratización e higienización del mismo, como así también la reparación de la acera y construcción del cerco reglamentario, dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el artículo 11 de la Ordenanza N° 33.581 (B.M. N° 15.540), A.D. 470.2, el que establece que "Todo propietario de terreno total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, seguridad y estética" y la Ordenanza N° 33.721 (B.M. N° 15.590), A.D. 640.9, la que establece que: "la responsabilidad primaria y principal de la construcción, mantenimiento y conservación de veredas, compete al propietario frentista", bajo apercibimiento de aplicación de multa y la ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su costa.

Javier A. Figoli

Director General

José N. Vispo

a/c Área Control de Plagas

EO 526

Inicia: 29-9-2006 Vence: 5-10-2006

n Intimación

Intímase a la Suc. Domingo A. Yavicoli, propietaria del inmueble sito en la calle Brandsen 510, referente al Registro N° 9.604-DGCCA/05, a la desratización e higienización del mismo, como así también la reparación de la acera y construcción del cerco reglamentario, dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el artículo 11 de la Ordenanza N° 33.581 (B.M. N° 15.540), A.D. 470.2, el que establece que "Todo propietario de terreno total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, seguridad y estética" y la Ordenanza N° 33.721, (B.M. N° 15.590), A.D. 640.9, la que establece que: "la responsabilidad primaria y principal de la construcción, mantenimiento y conservación de veredas, compete al propietario frentista", bajo apercibimiento de aplicación de multa y la ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su costa.

Javier A. Figoli

Director General

José N. Vispo

a/c Área Control de Plagas

EO 527

Inicia: 29-9-2006 Vence: 5-10-2006

n Intimación

Intímase al Sr. Grillo Constantin, propietario del inmueble sito en la calle Baldomero Fernández Moreno 1135/37, referente al Registro N° 12.467-DGCCA/05, a la desratización e higienización del mismo, como así también la reparación de la acera y construcción del cerco reglamentario, dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el artículo 11 de la Ordenanza N° 33.581 (B.M. N° 15.540), A.D. 470.2, el que establece que "Todo propietario de terreno total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, seguridad y estética" y la Ordenanza N° 33.721 (B.M. N° 15.590), A.D. 640.9, la que establece que: "la responsabilidad primaria y principal de la construcción, mantenimiento y conservación de veredas, compete al propietario frentista", bajo apercibimiento de aplicación de multa y la ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su costa.

Javier A. Figoli

Director General

José N. Vispo

a/c Área Control de Plagas

EO 528

Inicia: 29-9-2006 Vence: 5-10-2006

n Intimación

Intímase al Consorcio de propietarios del edificio, sito en la calle Scalabrini Ortiz 634, referente a la Nota N° 20.891-DGCCA/06 (ref. Registro N° 112-DGCCA/06), a la desratización e higienización del mismo, como así también la reparación de la acera y construcción del cerco reglamentario, dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el artículo 11 de la Ordenanza N° 33.581 (B.M. N° 15.540), A.D. 470.2, el que establece que "Todo propietario de terreno total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, seguridad y estética" y la Ordenanza N° 33.721 (B.M. N° 15.590), A.D. 640.9, la que establece que: "la responsabilidad primaria y principal de la construcción, mantenimiento y conservación de veredas, compete al propietario frentista", bajo apercibimiento de aplicación de multa y la ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su costa.

Javier A. Figoli

Director General

José N. Vispo

a/c Área Control de Plagas

EO 529

Inicia: 29-9-2006 Vence: 5-10-2006

n Intimación

Intímase a los Sres. Molins y Marchionda, propietarios de inmueble sito en la calle Fray Luis Beltrán 254/58, referente al Registro N° 8.247-DGCCA/05, a la desratización e higienización del mismo, como así también la reparación de la acera y construcción del cerco reglamentario, dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el artículo 11 de la Ordenanza N° 33.581 (B.M. N° 15.540), A.D. 470.2, el que establece que "Todo propietario de terreno total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, seguridad y estética" y la Ordenanza N° 33.721 (B.M. N° 15.590), A.D. 640.9, la que establece que: "la responsabilidad primaria y principal de la construcción, mantenimiento y conservación de veredas, compete al propietario frentista", bajo apercibimiento de aplicación de multa y la ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su costa.

Javier A. Figoli

Director General

José N. Vispo

a/c Área Control de Plagas

EO 530

Inicia: 29-9-2006 Vence: 5-10-2006

n Intimación

Intímase a Masuli S.A., propietarios de inmueble sito en la Av. del Libertador 3782, referente al Registro N° 2.123-DGCCA/06, a la desratización e higienización del mismo, como así también la reparación de la acera y construcción del cerco reglamentario, dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el artículo 11 de la Ordenanza N° 33.581 (B.M. N° 15.540), A.D. 470.2, el que establece que "Todo propietario de terreno total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, seguridad y estética" y la Ordenanza N° 33.721 (B.M. N° 15.590), A.D. 640.9, la que establece que: "la responsabilidad primaria y principal de la construcción, mantenimiento y conservación de veredas, compete al propietario frentista", bajo apercibimiento de aplicación de multa y la ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su costa.

Javier A. Figoli

Director General

José N. Vispo

a/c Área Control de Plagas

EO 531

Inicia: 29-9-2006 Vence: 5-10-2006

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE

SUBSECRETARÍA DE HIGIENE URBANA

DIRECCIÓN GENERAL DE LIMPIEZA

Intimación

Registro N° 404-AVJG/06.

Intímase a Parla Juana B. de, titular del inmueble sito en la calle Cnel. Ramón Lista 5720, a realizar la reparación de acera e higienización, dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el art. 11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540, AD 470.2, la que establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética", bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su costa.

Gustavo R. Vizzolini

Director General

EO 533

Inicia: 3-10-2006 Vence: 9-10-2006

n Intimación

Nota N° 12.189-DGLIM/06.

Intímase a Antuña José, titular del inmueble sito en la calle Cnel. Ramón L. Falcón 5301, a realizar la reparación de acera, dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el art. 11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540, AD 470.2, la que establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o...

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