Edictos del día 01/03/2006
Fecha de la disposición | 1 de Marzo de 2006 |
PARTICULARES
CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Tribunal de Ética Profesional
Citación
El Tribunal de Ética Profesional del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cita y emplaza a la doctora actuaria Elena Salvia (T° 1, F° 119) por tres días, a efectos de que comparezca dentro del término de cinco días contados a partir de la última publicación, con el objeto de que se notifique de la iniciación de sumario en el Expediente N° 24.195.
Dichas actuaciones tramitan por ante el Tribunal de Ética Profesional, calle Viamonte 1465, 3° piso, Secretaría de Actuación.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 20 de febrero de 2006.
Solicitante: Aurora Quinteros de Caló
Secretaria de Actuación
EP 14
Inicia: 23-2-2006 Vence: 1°-3-2006
Citación
"El Tribunal de Ética Profesional del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cita y emplaza a la doctora contadora pública María Cristina Prodan (T° 216, F° 229)
por tres días, a efectos de que comparezca dentro del término de cinco días contados a partir de la última publicación, con el objeto de que se notifique de la rebeldía en el Expediente N° 24.252.
Dichas actuaciones tramitan por ante la Sala 4ª del Tribunal de Ética Profesional, calle Viamonte 1465, 3° piso, Secretaría de Actuación."
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 20 de febrero de 2006.
Solicitante: Aurora Quinteros de Caló
Secretaria de Actuación
EP 15
Inicia: 23-2-2006 Vence: 1°-3-2006
SECRETARÍA DE PRODUCCIÓN, TURISMO Y DESARROLLO SUSTENTABLE
DIRECCIÓN GENERAL DE HIGIENE URBANA
Intimación
Nota N° 12.093-DGHUR/04.
Intímase al propietario del inmueble sito en la calle Francisco Acuña de Figueroa 981 a realizar la reparación de acera, desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el art. 11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540, AD 470.2, la que establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética", bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa.
Gabriela Faustinelli de Vanoli
Directora General
EO 118
Inicia: 24-2-2006 Vence: 6-3-2006
Intimación
Nota N° 12.215-DGHUR/05.
Intímase al...
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