Edictos del día 04/10/2004

Fecha de la disposición 4 de Octubre de 2004

PARTICULARES

Retiro de Restos

La Congregación Hnas. Adoratrices, comunica a los deudos de María Angélica Rodríguez, Lidia Perpetua Rodríguez y María Angélica Martínez Peña y Francisca M. Forestello la cremación en la bóveda de Chacarita, Sector 9, Manzana 4, Tablón 4.

Solicitantes: Superiora

María Alicia Carboni

Delega a María Inés Coppo

EP 100

Inicia: 28-9-2004 Vence: 4-10-2004

Retiro de Restos

Se comunica a los familiares que tengan restos depositados en el Panteón Social del Centro Gallego de Bs. As. del Cementerio de la Chacarita, y que lleven más de cinco (5) años en el mismo, que dentro de los cinco (5) días de la fecha deberán proceder a retirarlos, en caso contrario se solicitará a la Dirección General de Cementerios la cremación y posterior destino de las cenizas.

Solicitante: Centro Gallego

EP 101

Inicia: 4-10-2004 Vence: 8-10-2004

SECRETARÍA DE PRODUCCIÓN, TURISMO Y DESARROLLO SUSTENTABLE

Dirección General de Higiene Urbana

Intimación

Expediente N° 15.446/03.

Intímase al propietario del inmueble sito en la calle Jerónimo Salguero 3147 (Esq. Martín Coronado 3495), a realizar la construcción de cerca reglamentaria, desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el Art. 11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540 AD 470.2 la que establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética", bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa.

Gabriela Faustinelli de Vanoli

Directora General

EO 424

Inicia: 30-9-2004 Vence: 6-10-2004

Intimación

Expediente N° 15.446/03.

Intímase al propietario del inmueble sito en la calle Jerónimo Salguero 3149, a realizar la construcción de cerca reglamentaria, desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el Art. 11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540 AD 470.2 la que establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética", bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa.

Gabriela Faustinelli de Vanoli

Directora General

EO 425

Inicia: 30-9-2004 Vence: 6-10-2004

Intimación

Expediente N° 15.446/03.

Intímase al propietario del inmueble sito en la calle Jerónimo Salguero 3209/11 y San Martín de Tours 3120/30/40, a realizar la construcción de cerca reglamentaria, desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el Art. 11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540 AD 470.2 la que establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética", bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa.

Gabriela Faustinelli de Vanoli

Directora General

EO 426

Inicia: 30-9-2004 Vence: 6-10-2004

Intimación

Nota N° 12.034/DGHUR/04.

Intímase al propietario del inmueble sito en la calle Basualdo 1054, a realizar la reparación de acera, desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el Art. 11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540 AD 470.2 la que establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética", bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa.

Gabriela Faustinelli de Vanoli

Directora General

EO 427

Inicia: 30-9-2004 Vence: 6-10-2004

Intimación

Registro N° 939/CGP6/03.

Intímase al propietario del inmueble sito en la calle Gascón 825, a realizar la reparación de acera, construcción de cerca reglamentaria, desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el Art. 11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540 AD 470.2 la que establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética", bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa.

Gabriela Faustinelli de Vanoli

Directora General

EO 428

Inicia: 30-9-2004 Vence: 6-10-2004

Intimación

Registro N° 2.342/MGEYA/04.

Intímase al propietario del inmueble sito en la Av. Boedo 475, a realizar la reparación de acera, desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el Art. 11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N°15.540 AD 470.2 la que establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética", bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa.

Gabriela Faustinelli de Vanoli

Directora General

EO 429

Inicia: 30-9-2004 Vence: 6-10-2004

Intimación

Nota N° 3.050/CGP3/04.

Intímase al propietario del inmueble sito en la Av. Almte. Brown 849, a realizar la reparación de acera, construcción de cerca reglamentaria, desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el Art. 11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540 AD 470.2 la que establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética", bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa.

Gabriela Faustinelli de Vanoli

Directora General

EO 430

Inicia: 30-9-2004 Vence: 6-10-2004

Intimación

Registro N° 34.109/MGEYA/03.

Intímase al propietario del...

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