Edictos del día 11/04/2002
Fecha de la disposición | 11 de Abril de 2002 |
SECRETARÍA DE SALUD
HOSPITAL "BERNARDINO RIVADAVIA"
Notificación
El señor Director del Hospital "Bernardino Rivadavia" notifica a la agente De Oro, Adriana (F.G Nº 346.842) que mediante Resolución N° 3.035/SS/01 del 26 /12/01 , se declara su cesantía a partir del 5/6/01, conforme lo prescripto por los Art. 48 Inc. b) y 51 Inc. c) de la Ley N° 471 (B.O.C.B.A. N° 1026). Asimismo se informa que, conforme los términos del Art. 60 del Decreto N° 1.510-GCBA-97, el interesado podrá interponer Recurso de Reconsideración y Jerárquico en Subsidio, atento a lo dispuesto en los Arts. 103 y 109 del citado decreto, dentro de los 10 y 15 días respectivamente de notificada.
Emilio A. Lavena
Director Atención Médica
EO 134
Inicia: 9-4-2002 Vence: 11-4-2002
SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO
Dirección General de Higiene Urbana
Intimación
Intímase al propietario del inmueble sito en la calle Ercilla 5908, a realizar la higienización, el desmalezamiento y la reparación de aceras del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por Art.11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540 AD 470.2, la que establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética", bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa. Nota N° 11.166-DGHUR-01.
Gabriela Faustinelli de Vanoli
Directora General
EO 129
Inicia: 9-4-2002 Vence: 15-4-2002
Intimación
Intímase al propietario del inmueble sito en la Av. Castañares 4954, a realizar la higienización, el desmalezamiento, la construcción de cerca reglamentaria y la reparación de aceras del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por Art.11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540 AD 470.2 la que establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética", bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa. Expediente N° 27.234/01 y ac.
Gabriela Faustinelli de Vanoli
Directora General
EO 130
Inicia: 9-4-2002 Vence: 15-4-2002
Intimación
Intímase...
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