Edicto Resuelve:

Fecha de Entrada en Vigor14 de Abril de 2017
EmisorAdministración Provincial de Impuestos
Fecha de la disposición19 de Diciembre de 2016

EDICTO

Por disposición del Señor Administrador Regional Rosario, se notifica al contribuyente BLANDO, Carlos Andrés, con domicilio fiscal en calle San Lorenzo Nro. 1759 Piso 5 Dpto C, de la ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe, inscripto en este organismo bajo la cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos No 091-039749-8, CUIT N° 20-28914430-8, por EDICTO en el BOLETÍN OFICIAL que se publica a sus efectos por tres días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 35 de la Ley 3456 y Modif. (Texto Ord. 2014), la Resolución Nro. 939-9/16 dictada en autos caratulados Expediente Nro. 13302-0896505-2, “BLANDO, CARLOS ANDRÉS” Rosario, 18 de Agosto de 2016.

V I S T O: CONSIDERANDO:

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

Conferir vista de las actuaciones como consecuencia de los cargos formulados contra el contribuyente BLANDO CARLOS ANDRÉS con domicilio fiscal en calle San Lorenzo 1759 5°P.”C” de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, inscripto en elImpuesto sobre los Ingresos Brutos con el Nº 091-039749-8 y ante la AFIP con la CUIT N° 20-28914430-8, en relación al Impuesto sobre los Ingresos Brutos por los anticipos 12/2012 a 03/2015 para que en el término de quince (15) días hábiles a partir de la notificación de la presente, se efectúe por escrito el descargo pertinente y se presenten las pruebas que hagan a su derecho.

ARTICULO 2°

Instruir sumario a BLANDO CARLOS ANDRÉS por la infracción prima facie cometida en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos por los anticipos 12/2012 a 03/2015, derivada de la omisión de impuesto, conforme se expusiera en los Considerandos de la presente, para que en el término de quince días de notificada, se formule por escrito el pertinente descargo y se ofrezcan las pruebas que hagan a su derecho.

ARTICULO 3º

Instruir sumario a BLANDO CARLOS ANDRÉS por la infracción prima facie cometida durante la inspección, derivada en el incumplimientos de los requerimientos efectuados por la fiscalización conforme se expusiera en los considerandos de la presente, para que en el término de quince días de notificada, se formule por escrito el pertinente descargo y se ofrezcan las pruebas que hagan a su derecho.

ARTÍCULO 4°

Hacer saber que, en caso de prestarse conformidad a los cargos formulados en la presente, se deberán presentar las declaraciones juradas respectivas mediante los mecanismos habilitados a tal efecto y...

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