EDICTO NOTIFICATORIO DE MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL

Número de registro27661
Fecha de publicación04 Febrero 2019
Fecha06 Febrero 2019
EmisorDIRECCION PROVINCIAL DE PROMOCION DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA

Por Disposición Administrativa N° 62/19 de fecha 30 de enero de 2019, la Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de los Nodos Rosario y Venado Tuerto, Provincia de Santa Fe, dentro de los legajos administrativos N° 13.057/58 referenciados administrativamente como “OVIEDO BRANDON DERIAN, DNI: 52.755.230 y OVIEDO SANTINO DNI: 53.035.402 s/ Medida de Proteccion Excepcional” que tramitan por ante el equipo interdisciplinario perteneciente a Villa Gobernador Gálvez perteneciente a la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez Adolescencia y Familia de los Nodos Rosario y Venado Tuerto, sírvase notificar por este medio a la Sra. Verónica Noemí Oviedo - DNI: 39.119.447, que se ha dictado el acto administrativo cuya parte resolutiva se transcribe seguidamente: “Rosario, 30 de enero de 2019. DISPOSICIÓN N° 62/19 VISTOS...CONSIDERANDO...DISPONE: 1.- DICTAR la Disposición Administrativa de Medida de Protección Excepcional de Derechos en relación a los niños OVIEDO BRANDON DERIAN, DNI 52.755.230, nacido en fecha 20/01/12 y OVIEDO SANTINO, DNI 53.035.402, nacido en fecha 23/01/13, ambos hijos de la Sra. Verónica Noemí Oviedo, DNI: 39.119.447, con domicilio desconocido; por un plazo de noventa (90) días, sin perjuicio de su respectiva prórroga, de acuerdo a lo establecido en el Art. 52 inc. B de la Ley Provincial Nº 12.967 y su respectivo Decreto Reglamentario. Durante el plazo estipulado se trabajará en la ejecución del plan de acción trazado para intentar dar solución a la problemática existente. 2.- NOTIFICAR dicha Medida Excepcional de Derechos a la progenitora de los niños. 3- NOTIFICAR la adopción de lo resuelto y solicitar el control de legalidad, al Tribunal Colegiado de Familia, una vez agotado el procedimiento recursivo previsto en el art.62 de la Ley N°12.967.- 4.- OTORGUESE el trámite correspondiente, regístrese, comuníquese y notifíquese a las partes interesadas y al órgano jurisdiccional correspondiente y oportunamente ARCHIVESE.- Fdo. Aguilera Claudia, titular de la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia.-

Se le hace saber que tiene derecho a ser asistido por abogado/a de su confianza y/o Defensor Oficial de los Tribunales Provinciales ; asimismo se transcriben a continuación los arts. pertinentes de la Ley Nº 12.967: y Dto. 619/10.-

ARTICULO 60.- RESOLUCIÓN. La Autoridad administrativa del ámbito regional y la Autoridad de Aplicación...

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