EDICTO NOTIFICATORIO

Fecha de publicación17 Diciembre 2018
Fecha19 Diciembre 2018
Número de registro27277
EmisorDIRECCION PROVINCIAL DE PROMOCION DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA

Por Resolución de la Sra. Delegada regional - Delegación San Lorenzo - Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia -2da Circunscripción- hago saber al Sr. Eduardo Javier Lopez, DNI N° 32.967.190, que dentro del legajo administrativo N° 10906,10907,10908,10909 y 12229, referenciado administrativamente como "Lopez CA, Lopez JE, Lopez BJ, Bosque SE y Bosque E s/ Resolución Definitiva- Ley 12.967” que tramita por ante la Delegación San Lorenzo de la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia, se dirige a Ud. el presente a fin de NOTIFICAR la siguiente disposición que a continuación se transcribe: “ San Lorenzo, 14 de Noviembre de 2018.- DISPOSICIÓN N° 81/18. VISTO…CONSIDERANDO…DISPONE: 1) La Resolución Definitiva de la situación de los niños Brandon Josue López, DNI Nº 49.576.031, f/n 12/05/09, Jeremías Ezequiel López, DNI Nº 47.762.283, f/n 14/02/07, Camila Abigail López, DNI Nº 46.216.099, f/n 28/10/04, hijos del Sr Eduardo Javier López, DNI Nº 32.967.190, con domicilio en calle Gral Paz y Av Fray Luis Beltrán de dicha localidad, Sol Enuley Bosque, DNI Nº 51.404.424, fecha de nacimiento 26/09/11, Esperanza Bosque, DNI Nº 54.987.288, fecha de nacimiento 04/09/15, de filiación paterna no reconocida, todos hijos de la Sra Jorgelina Bosque, DNI Nº 31.578.839, con domicilio en calle Gral Paz s/n de la localidad de Fray Luis Beltrán, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley N° 12.967 y su respectivo decreto reglamentario; solicitando al órgano jurisdiccional competente considere la posibilidad de que los niños Brandon Josue López, Jeremías Ezequiel López, Sol Enuley Bosque y Esperanza Bosque, sean declarados en estado de adoptabilidad, mientras que en relación a la adolescente Camila Abigail López, consideramos pertinente declarar la tutela de la misma en favor de la Sra Carolina Ma Itatí Arevaklo, DNI N° 31.331.161; 2) NOTIFIQUESE a los progenitores de los niños por medio de los edictos correspondientes; 3) NOTIFIQUESE al Juzgado de Familia interviniente, una vez agotado el trámite recurso previsto por el art. 62 Ley N° 12967; 4) OTORGUESE el trámite correspondiente, regístrese, comuníquese y notifíquese a las partes interesadas y al órgano jurisdiccional correspondiente y oportunamente ARCHIVESE.- Fdo Dra Florencia Rios Biagetti- Delegada Regional San Lorenzo-Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia – 2da...

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