Edicto

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Febrero de 2018
EmisorMinisterio de la Producción
Fecha de la disposición 2 de Enero de 2018

MINISTERIO DE

LA PRODUCCIÓN

EDICTO

Por el presente se hace saber al señor Pablo VACA que en los autos caratulados: “Se.Sist. Hídrico, Forestal y Minero E/ Acta de Infracción Serie “A”-1 Nº 005838. Sr. Pablo VACA por incumplimiento de los arts. Nº 24 y 26 Ley 12212” se ha dictado la Resolución N° 157 del 9 de marzo de 2016, la cual en su parte pertinente establece: “Visto el Expediente. Nº 00701-0089546-2 del Sistema de Información de Expedientes, y CONSIDERANDO.... Por ello....“ARTÍCULO 1°.- Sancionar al señor Pablo VACA, D.N.I. Nº 23.039.414, con domicilio en calle Liniers Nº 494, de la localidad de Rafaela, Departamento Castellanos, Provincia de Santa Fe, con multa de un valor correspondiente a 10.000 M.T. (DIEZ MIL MÓDULOS TRIBUTARIOS), equivalentes a la fecha, la suma de $ 2.000 (PESOS DOS MIL), y proceder al comiso definitivo de 1 red de hilo tipo 3 telas, por infracción a los artículos 24 y 44 de la Ley Nº 12212, sin licencia habilitante para la pesca deportiva y tenencia de artes de pesca fuera de medida reglamentaria.- ARTÍCULO 2°.- El pago de la multa deberá hacerse efectivo dentro de los quince (15) días a partir de recibida la notificación fehaciente, mediante depósito bancario en la cuenta Nº 9681/00 del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., a nombre del Ministerio de la Producción. Realizado el pago deberá acreditarlo en la oficina de Caza y Pesca, sito en Aristóbulo del Valle Nº 8700 de Santa Fe. Dicho acto será el comprobante válido para la finalización de las actuaciones administrativas.- ARTICULO 3°.- Establecer que en caso de no hacerse efectivo el pago de la multa dispuesta en el artículo 1º, se requerirá la intervención de Fiscalía de Estado, a los efectos de proceder a su...

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