Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata , 13 de Septiembre de 2012, expediente 18.187/12

Fecha de Resolución13 de Septiembre de 2012

Poder Judicial de la Nación La Plata, 13 de septiembre de 2.012.-

Y VISTOS: este expte. N°18.187/12 ( Registro de Sala II ),

caratulados “R.E.P. c/ Banco Credicoop Coop. Ltdo.

y otros s/ sumarísimo”, proveniente del Juzgado Federal de Primera Instancia n°4 de La Plata, Secretaría n° 12.

Y CONSIDERANDO:

I - Llegan estos autos a la Alzada en virtud del recurso de apelación deducido por bajos a fs. 383, por el Dr. C.A.C., contra la decisión de primera instancia obrante a fs. 382 que reguló sus honorarios profesionales por la labor desarrollada en el incidente de ejecución de honorarios, en el 10% del monto regulado. Y por el interpuesto por altos a fs..

386 por el Dr. F.S.L.S. en representación del Banco Credicoop.

II - De la lectura de los autos se desprende que a fs. 318 del principal el Dr. C. solicitó la promoción del incidente de ejecución de honorarios ante la falta de pago del Banco Credicoop de la suma fijada por las tareas desarrolladas en la instancia de origen y en Alzada, que asciende a $2.398.- ( discriminada de la siguiente forma: $1.600.- en concepto de honorarios de primera instancia; y $160.- correspondientes al 10% de aportes provisionales de dicha suma; $480.- por la contestación del recurso extraordinario en esta Alzada; y $48.- correspondientes al 10% de aportes provisionales de dicha suma; $100.- por la contestación del recurso extraordinario sobre la medida cautelar; y $10.- correspondientes al 10% de aportes provisionales de dicha suma ).

No obstante, el a quo dispuso a fs. 319 una intimación al banco demandado para que en el plazo de cinco días deposite los honorarios del Dr.

Costantinis, bajo apercibimiento de ejecución, por la suma reclamada.

III - Ahora bien, se observa que la entidad bancaria fue notificada por cédula el 14/07/11 (fs. 320 vta.) de tal intimación, y que no realizó un depósito por las sumas reclamadas dentro del plazo legal.

A fs. 322 el Dr. Costantinis promueve incidente de ejecución de honorarios.

IV - A fs. 323 se tiene por iniciada la ejecución y ordena librar mandamiento de intimación de pago y embargo, por las sumas reclamadas con más el 25% presupuestado para responder a intereses, costos y costas;

diligenciado por el mismo Dr. Costantinis como oficial de justicia ad-hoc el 26/10/2011 en el Banco Credicoop, con domicilio en calle 47 n°...

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