Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 22 de Septiembre de 2016, expediente CAF 012524/2015/CA001

Fecha de Resolución22 de Septiembre de 2016
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA V 12524/2015 EDENOR SA c/ ENRE- s/ENERGIA ELECTRICA - LEY 24065 -

ART 76 Buenos Aires, de septiembre de 2016.- MEE Y VISTOS:

Los presentes actuados a fin de resolver la admisibilidad de la producción de prueba documental, documental en poder de terceros, instrumental, informativa y pericial contable ofrecida por la parte actora en el punto VIII del escrito de fs. 2/28 y la prueba documental e informativa ofrecida por la parte demandada en el punto V del escrito de fs. 68/83, y CONSIDERANDO:

  1. Que la empresa actora, Empresa Distribuidora y Comercializadora Norte S.A. (Edenor S.A.), interpuso recurso directo en los términos del artículo 76 de la ley 24.065, contra la Resolución del Ente Nacional Regulador de la Electricidad nº 356/14, por la que se resolvió sancionar a dicha empresa con una multa de pesos un millón quinientos noventa y cinco mil ciento diecisiete con trece centavos ($ 1.595.117,13) por incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 25, incisos a), f) e y), de su Contrato de Concesión –en los términos de la Clausula 20.1 del Acta Acuerdo de Renegociación Contractual aprobada por Decreto PEN nº 1957/2006 y del punto 5.1, primer párrafo, del Subanexo 4 del citado Contrato de Concesión– (fs.

    423/427 del expediente nº 40.014).

    En esa oportunidad, la firma actora ofreció prueba documental, documental en poder de terceros, instrumental, informativa y pericial contable. En particular, acompañó la documentación detallada en el punto VIII.1 –Prueba Documental– y solicitó (i) se requiriera al Comité de Ejecución del FOCEDE que Fecha de firma: 22/09/2016 Firmado por: J.F.A. -P.G.F., #26771232#159522074#20160922110604344 Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA V acompañara copia de toda la documentación presentada por Edenor para solicitar el desembolso/reembolso de fondos, así como también, las instrucciones de desembolso/reembolso y de financiamiento impartidas al fiduciario con motivo de la ejecución del Contrato de Fideicomiso (especialmente, documentación detallada en el punto VIII.2 –Prueba Documental en Poder de Terceros–); (ii) se requiriera al ENRE la remisión “ad effectum videndi et probandi” del expediente nº 40.014/2014, donde...

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