Economía del conocimiento: los freelancers ya pueden cobrar dólares del exterior sin liquidarlos, pero no así las empresas

Referentes de compañías apuntaron que en la reglamentación figura como requisito llegar al 50% del incremental sobre las exportaciones de 2021, con lo cual, hasta no superar las ventas al exterior del año anterior no se llega a aplicar, y cuando se llega a ese 50% sirve para pagar el 20% de los sueldos. "Es una maraña de relaciones difíciles de implementar", graficaron

La disposición del Banco Central que les permite a los trabajadores independientes ingresar sus dólares al país sin que se los liquiden al tipo de cambio oficial con un tope anual de US$12.000 ya está operativa, según informan los bancos, mientras que para las empresas aún se están realizando ajustes técnicos para su implementación. Compañías de la economía del conocimiento habían reclamado tener el mismo acceso que los freelancers para mitigar la fuga de talento al exterior pagando parte de los sueldos en moneda dura.

Según informaron fuentes del Gobierno a LA NACION, a pedido de las empresas se está mejorando la flexibilización del cepo para el sector y se están realizando ajustes técnicos para su implementación en los que intervienen varios organismos. Referentes de compañías apuntaron que en la reglamentación figura como requisito llegar al 50% del incremental sobre las exportaciones de 2021, con lo cual, hasta no superar las ventas al exterior del año anterior no se llega a aplicar, y cuando se llega a ese 50% sirve para pagar el 20% de los sueldos. "Es una maraña de relaciones difíciles de implementar", graficaron.

Además, la norma no haría mención a los años subsiguientes a 2022, con lo cual siguiendo a las firmas "no podría instrumentarse ninguna política de pago de remuneraciones estable sobre esa base". Otro elemento que estaría pendiente es que el BCRA quedó en disponer un aplicativo con la información de exportaciones de cada empresa para uso de los bancos y aún no está listo.

De acuerdo con la comunicación A 7518, cuando el exportador sea una persona jurídica deberá contar con una "certificación de aumento de los ingresos de cobros por exportaciones de servicios en 2022″, que podrá ser emitida por una entidad financiera local cuando se verifiquen una serie de requisitos.

El primero es que el valor de los cobros de exportaciones de servicios por los conceptos que ingresaron por el mercado de cambios en 2022 sea superior al del mismo conjunto ingresado en todo 2021. Además, el exportador debe haber registrado liquidaciones en el mercado de cambios de cobros de...

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