Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 1 de Diciembre de 2004, expediente Ac 90212

PresidenteRoncoroni-Hitters-Genoud-Kogan-Pettigiani
Fecha de Resolución 1 de Diciembre de 2004
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

Ac. 90.212 "E., E.J. c/G., A.. Nulidad de contrato y desalojo".

//Plata, 1 de diciembre de 2004.

AUTOS Y VISTO:

El valor económico del presente litigio, a los fines de la admisibilidad del recurso extraordinario interpuesto, es de monto determinado y está dado por el precio fijado en el boleto de compraventa cuya nulidad se pretende, actualizado al 31 de marzo de 1991 (ley 23.928), suma que en el caso no excede el monto mínimo para recurrir establecido por el art. 278 del Código Procesal Civil y Comercial (conf. Ac. 63.871, 5-XI-1996; Ac. 73.751, 23-II-1990 y doct. causa Ac. 88.867, 14-X-2003).

Por...

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