DUSSAU, GABRIEL ALEJANDRO Y OTROS c/ AYALA, JOSE MANUEL s/INTERRUPCION DE PRESCRIPCION
Número de expediente | CIV 088923/2016 |
Fecha | 09 Octubre 2019 |
Número de registro | 246381923 |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA A “DUSSAU, G.A. y otros c/ AYALA, J.M. s/
interrupción de prescripción” (expte. n° 88.923/2016) (JPL)
Juzg.80 R: 088923/2016/CA002 Buenos Aires, de octubre de 2019.
Y VISTOS; Y CONSIDERANDO I. Que vienen los autos a esta alzada en virtud de los
recursos de apelación interpuestos por la Sra. Defensora de Menores a fs.
101/102, fundado a fs.136/138; y por la parte actora a fs. 103/104, fundado a
fs.108/109, contra la resolución de fs. 100, mediante la cual el Sr. juez de
primera instancia decretó de oficio la caducidad de la instancia en las
presentes actuaciones.
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La caducidad o perención de la instancia constituye
un modo de extinción del proceso que tiene lugar cuando, durante su
transcurso, no se cumplen actos de impulso alguno durante el término
establecido por la ley. El fundamento de esta institución estriba,
primordialmente, en la presunción de renuncia de la instancia que comporta
el hecho de la inactividad procesal prolongada, y en la consiguiente
conveniencia de que, en tales circunstancias, el órgano jurisdiccional se
desligue de los deberes que la subsistencia de la instancia le impone
(Palacio, Lino E., Derecho Procesal Civil, AbeledoPerrot, 2006, t. IV, n°
362, p. 216/218).
Dentro de estos extremos, cabe aclarar que el plazo de
seis meses previsto en el art. 310, inc. 1°, del Código Procesal –aplicable en
la especie debe transcurrir sin que se cumpla ningún acto interruptivo de la
perención, entendiéndose por tal el que se traduce en peticiones escritas que
puedan conducir al procedimiento hasta su desenvolvimiento posterior,
haciéndolo avanzar a través de las distintas etapas que lo integran.
Fecha de firma: 09/10/2019 Alta en...
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