El duro derrotero de la ley de abastecimiento

Primero se sancionó; después se derogó parcialmente; más tarde se modificó; luego se aplicó, y finalmente la Justicia decidió no sustentar sus fallos en la norma.Éste es el derrotero que tuvo en los últimos 40 años la ley cuya modificación empezará a tratarse . Se trata de una de las normas sobre las que menos coincidencia hay respecto de su vigencia o no. Bajo el número 24.680, fue sancionada en 1974, poco antes de la muerte del entonces presidente Juan Perón, con el nombre de "ley de abastecimiento y represión del agro". El artículo 12 prevé que los funcionarios podrán allanar comercios o empresas y requerir el apoyo policial si fuera necesario; secuestrar documentación; intervenir la mercadería en infracción; clausurar establecimientos, y citar a los ejecutivos de una empresa.En su redacción original le da la posibilidad al Gobierno de pedir a un juez la "detención preventiva de los presuntos responsables por el término de hasta 48 horas, cuando sea necesario para el esclarecimiento de la infracción", así como fijar precios máximos o márgenes de utilidad.Pero la discusión sobre la vigencia o no empezó años después. En 1991, cuando se promulgó el decreto de desregulación económica, después ratificado por el Congreso, se dispuso la derogación de esta ley. "Se suspende el ejercicio de las facultades otorgadas por la ley 20.680, el que solamente podrá ser restablecido para utilizar todas o cada una de las medidas en ella articuladas, previa declaración de emergencia de abastecimiento por el Congreso", dice el decreto. Para que vuelva a tener vigencia la ley se debe promulgar, previamente, la emergencia de abastecimiento, requisito que jamás se dio.Pero aquella derogación no fue total: quedó en pie el inciso "C" del artículo 2° donde "el Poder Ejecutivo podrá (...) dictar normas que rijan la comercialización, intermediación, distribución o producción", dice. Ésa fue la base que utilizó en abril de...

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