Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii, 20 de Febrero de 2018, expediente CNT 049241/2014

Fecha de Resolución20 de Febrero de 2018
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VIII Expediente nro. CNT 49241/2014/CA1 JUZGADO Nº 60 AUTOS: " DUARTE, ANTONELLA FLORENCIA c/ GALENO ART S.A.

s/ ACCIDENTE – LEY ESPECIAL"

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 20 del mes de febrero de 2018.-

VISTO:

El recurso de fs. 205, y; CONSIDERANDO:

Los honorarios regulados a la perito contadora se adecuan razonablemente a las pautas arancelarias (artículo 3º del Decreto Ley l6.638/57), por lo que deberán ser confirmados.

Por ello, el TRIBUNAL

RESUELVE:

Confirmar el pronunciamiento sobre honorarios.

R., notifíquese, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 4º de la Acordada de la C.S.J.N. 15/13 del 21/5/13 y, oportunamente, devuélvanse.

gma V.A.P.L.A.C.J. de Cámara Juez de Cámara Ante mí:

S.D.M.S.F. de firma: 20/02/2018 Alta en sistema: 22/02/2018 Firmado por: L.A.C...

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