Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 17 de Diciembre de 2014, expediente CAF 040917/2013/CA001

Fecha de Resolución17 de Diciembre de 2014
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V 40917/2013 DU PONT ARGENTINA SRL c/ DGA Y OTROS s/CODIGO ADUANERO - LEY 22415 - ART 105 Buenos Aires, de diciembre de 2014.- LMF VISTOS:

El recurso extraordinario interpuesto por el Estado Nacional –

Ministerio de Economía- a fojas 101/110 y replicado por la actora a fs.

113/118vta., contra la resolución de fojas 77/78 y, Y CONSIDERANDO:

  1. Que mediante la resolución de fojas 77/78, esta S. hizo lugar a la medida cautelar solicitada por Dupont Argentina SRL (conf fs. 82)

    y, en consecuencia, ordenó a la Dirección General de Aduanas que se abstenga de hacer efectiva la sanción de suspensión aplicada a la empresa actora por la Resolución Nº 11/2012 de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas (SDG OAM), confirmada por la Resolución Nº 459/13 del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, hasta tanto se resuelva el fondo de la cuestión planteada en el procedimiento de apelación del artículo 105 del Código Aduanero.

  2. Es dable mencionar, que las resoluciones en las que se decretan o deniegan medidas cautelares, no constituyen, en principio sentencia definitiva en los términos del artículo 14 de la ley 48 (fallos:

    240:440; 245:390; 298:490) pues no ponen fin al pleito ni impiden su continuación, salvo cuando se demuestre que el perjuicio que la decisión pueda ocasionar sea de imposible reparación ulterior, circunstancia que no se...

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