Dompra S.R.L.

Fecha de disposición10 Marzo 2009
Fecha de publicación10 Marzo 2009
SecciónSegunda Sección - Sociedades
Número de Gaceta31611

Y se reformaron las cláusulas 4º, 5º y 7º, quedando redactadas así: 'CUARTA: El Capital Social se fija en la suma de $ 6.000 (pesos seis mil) dividido en 6.000 cuotas de $ 1 valor nominal cada una y con derecho a un voto por cuota, totalmente suscriptas por cada uno de sus socios de acuerdo al siguiente detalle: Samuel Nathan Nadler 2.000 cuotas, Jordan Anthony Metzner 2.000 cuotas y Alexander Sproles Hart 2.000 cuotas. Las cuotas están integradas en un 25% (veinticinco por ciento) en dinero en efectivo. Los socios se obligan a integrar el saldo restante dentro del plazo de los dos años computados a partir de la fecha de inscripción de la Sociedad. La reunión de socios dispondrá en momento en que se completará la integración. QUINTA: La administración y representación de la Sociedad estarán a cargo del o de los gerentes designados, socios o no, por el término de un ejercicio. Respecto del uso de la firma social la tienen los socios Señores SAMUEL NATHAN NADLER, JORDAN ANTHONY METZNER Y ALEXANDER SPROLES HART en forma individual e indistinta. En tal carácter, tienen todas las facultades para realizar los actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto de la Sociedad, inclusive los previstos en los artículos 1881 del código Civil y 9 del Decreto ley 5965/63, con la única excepción de no comprometerse en prestaciones a título gratuito, ni en la presentación de fianzas o garantías a favor de terceros, por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la Sociedad y cumpliendo en todos los casos con las decisiones y expresas directivas emanadas de las reuniones de socios. El o los gerentes depositarán en la Sociedad en concepto de garantía la suma estipulada en la Resolución 20 y 21 del 2004 de la Inspección General de Justicia.' Se eliminaron las Cláusulas 9º y 10º (mecanismos estatutarios de cesión de cuotas) y se reordenó el texto del Contrato Social. Lucía Emilia Ozán, autorizada por Acta de Reunión de Socios del 27/02/09.

Abogada Lucía Emilia Orán Legalización emitida por: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. Fecha:

05/03/2009.Tomo: 101. Folio: 649.

e. 10/03/2009 Nº 15265/09 v. 10/03/2009 CAPPADOCIA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Por escritura 42 del 2/3/09, pasada ante el Esc.

Pablo Mariano Galizky, al folio 100 del Registro 1844 C.A.B.A., Alejandro Adrián Castillo cedió y transfirió 10.800 cuotas de capital a Sandra Cecilia Mennella. Alejandro Adrián Castillo renunció al cargo de Gerente. Todos los socios decidieron:

aceptar la renuncia de Castillo; designar Gerente a Sandra Cecilia Mennella, con domicilio especial en Vallejos 4624, C.A.B.A.; modificar la redacción del artículo cuarto. El abajo firmante se encuentra autorizado por escritura 42 del 2/3/2009, pasada ante el Esc. Pablo Galizky, al Fº 100 del Registro 1844 C.A.B.A.

Escribano Pablo M. Galitzky Legalización emitida por:Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha: 05/03/2009.

Número: 090305097503/4. Matrícula Profesional Nº: 4500.

e. 10/03/2009 Nº 15263/09 v. 10/03/2009 CONSTRUCCIONES CERPA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA 1) Alejandro Javier SERVIDIO, argentino, 34 años, divorciado, DNI 23859950, domicilio Aramburu 673 Martínez Prov Bs As; Francisco NUÑEZ VIGO, paraguayo, 38 años, casado, DNI 92902111, domicilio Perseverancia 40...

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