Sentencia de Sala “B”, 20 de Julio de 2010, expediente 3.240-P

Fecha de Resolución20 de Julio de 2010
EmisorSala “B”

Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario N° 169 /10-P-Int. Rosario, 20 de julio de 2010.-

Visto en Acuerdo de la Sala “B” el expediente nº 3240-P de entrada, caratulado: “DE DOMINICI, A.D. s/ Ley 24.241” (nº

716/08 del Juzgado Federal Nº 3 de Rosario, Secretaría “A”).

Vienen los autos a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Fiscal Federal subrogante N° 3

D.M.G. (fs. 33/34 y vta.), contra la resolución n° 1161/09 del 2 de setiembre de 2009, mediante la cual se resolvió declarar la extinción de la acción penal por prescripción, sobreseyendo en consecuencia a A.D. De Dominici, por la presunta comisión del delito previsto y penado en el art. 135 de la Ley 24.241 (arts. 59 inc. 3 y 62 inc. 2° 63 y 67 del C.P.

,

y art. 336 inc. 1 del C.P.P.N.). (fs. 31/32).

Elevados los autos a la Alzada, se dispuso la intervención de la Sala “B” (fs. 40), se designó audiencia oral en los términos del art.

454 del CPPN y celebrada la misma (fs. 45) quedaron los autos en USO OFICIAL

condiciones de resolver.

Y Considerando:

  1. El Fiscal Federal n° 3 subrogante Dr. Mario )

    Gambacorta dictaminó que “… teniendo en cuenta el tiempo transcurrido desde la presunta comisión de los hechos aquí investigados y la pena con la se conmina en abstracto los mismos habría operado en los presentes y con relación a De Dominici la extinción de la acción penal por prescripción.

    Sin perjuicio de lo expuesto, y dado que A.D. De Dominici no fue habido en su domicilio donde fue citado con la finalidad de extraerle fichas dactilares con el objeto de requerir luego informe dactiloscópico al Registro Nacional de Reincidencia, y por ende no es posible descartar que el curso de la prescripción se hubiere visto interrumpido por la comisión de un nuevo delito, solicito se reserve la presente causa en el archivo ….” (fs. 30

    y vta.).

    El juez a quo dictó la resolución n° 1161/09 declar ando la extinción de la acción penal por prescripción, sobreseyendo a A.D. De Dominici por la presunta comisión del delito previsto y penado en el Art. 135 de la Ley 24.241. (fs. 31/32).

    Dicho pronunciamiento fue apelado por el Fiscal (fs.

    33/34), y concedido el recurso, en razón de no haber sido hallado De Dominici, se dispuso dar intervención al Defensor Oficial (fs. 35 y vta.).

    Elevados los autos a la alzada (fs. 39), el F. General Dr. C.P. mantuvo el recurso interpuesto por quien lo precediera en la instancia (fs. 41).

    Designada audiencia para informar...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR