Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala M, 25 de Abril de 2022, expediente CIV 083367/2019/CA001

Fecha de Resolución25 de Abril de 2022
EmisorCamara Civil - Sala M

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA M

83367/2019

DOMINGUEZ, CARMEN DIVINA DOLORES c/ REDONDAS Y

GIMAREY, M.L. s/PRESCRIPCION ADQUISITIVA

Buenos Aires, 25 de abril de 2022.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. ) N.A.G. apeló en forma subsidiaria la providencia del 1° de febrero de 2022, mantenida por decisión del 11 de marzo del mismo año, que rechazó el acuse de caducidad por considerar que no es parte en el proceso.

  2. ) De acuerdo con lo antecedentes de la causa, la actora demandó por usucapión a M.L.R. y G., en su carácter de titular registral del inmueble ubicado en la calle Pte. L.S.P. 1920/26,

    matrícula 3-3799, CABA.

    El apelante se presentó en calidad de tercero interesado y expresó que obtuvo sentencia firme que condena a la aquí demandada a escriturar el inmueble a su nombre.

  3. ) Como primera medida, se debe analizar si el apelante tiene interés válido en esta causa que justifique peticionar como lo hace.

    En esta clase de juicios, es evidente que pueda ocurrir que, además de la persona contra quien se ha usucapido (en este caso M.L.R. y Gimarey), haya otras que puedan invocar derechos sobre el inmueble que ha sido objeto de la usucapión. Tal sería el caso del adquirente del inmueble cuyo título no hubiera sido inscripto1.

    En estos supuestos, el tercero puede intervenir en la causa en forma voluntaria y autónoma –litisconsorcial– y su participación es similar a la “de parte” pues tiene una legitimación independiente, propia, o un derecho específico que hace valer contra una de ellas. Goza, por ende, de autonomía en la actuación procesal y puede pedir aun en sentido contrapuesto a la parte con la que interviene2.

    1 C.. A., B.A., “Juicio de usucapión”, 5° edición actualizada y ampliada, Ed.

    H., pág.424.

    2 C.. artículo 90, inciso 2° del Código Procesal; Morello-Sosa-Berizonce, “Códigos Procesales...”, Librería Editora Platense-Abeledo Perrot, segunda edición reelaborada y ampliada, t.II-B, pág.366; íd. Colombo-Kiper, “Código Procesal Civil y Comercial Fecha de firma: 25/04/2022

    Firmado por: M.I.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: A.P.R., SECRETARIO INTERINO

    Firmado por: G.G.Z., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: C.A.C.C., JUEZ DE CAMARA

    En la especie, surge de lo actuado en la causa “., N.A.c.R. y G., M.L.s.ón”, que tramitó en el juzgado civil n° 24 bajo el n° 6114/1995, que se dictó sentencia condenatoria de escrituración contra M.L.R. y G. en favor de N.A.G. sobre el mismo inmueble (ver páginas 476/482). La...

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