La 'doctrina Irurzun', el eje del debate entre los juristas

La excarcelación del exvicepresidente Amado Boudou y de su socio José Núñez Carmona volvió a poner en la mira el uso de la "doctrina Irurzun" -en referencia al juez que preside la Sala II de la Cámara Federal- a la hora de justificar el dictado de una medida de prisión preventiva en los casos de corrupción de funcionarios públicos.

Desde la detención del exministro de Planificación Julio De Vido, pasando por la de Boudou y la del exjefe de Legal y Técnica Carlos Zannini, entre otras, todas estuvieron enmarcadas en la "doctrina Irurzun", unas líneas invocadas por los jueces federales para ordenar detenciones de exfuncionarios que por sus "lazos de poder" pueden "entorpecer el avance de una causa".

Especialistas en derecho penal consultados por LA NACION reconocen el debate que genera la utilización de la doctrina. Con más aceptación o más rechazo, todos remarcaron que el principio en cada proceso penal es la libertad y que la prisión preventiva es una excepción. Asimismo, explicaron que se debe evaluar cada caso en concreto y que no se puede solo nombrar la doctrina, sino que se debe justificar la medida con "criterios objetivos".

"Para hablar de prisión preventiva tenés que distinguir qué es lo que dice la Constitución y la ley procesal. De acuerdo a la interpretación que ha hecho la Corte Interamericana y la Corte Suprema, las únicas razones que permiten la aplicación de una prisión preventiva son el peligro de fuga del imputado o que la persona pueda obstaculizar el proceso", dijo Hernán Gullco, presidente de ADC y director de la Especialización y Maestría en Derecho Penal de la UTDT.

Ahora bien, Gullco explicó que si bien el principio es la presunción de inocencia, las legislaciones procesales normalmente permiten aplicar la prisión preventiva cuando el delito es grave sin que el juez pruebe el peligro de fuga o la obstaculización del proceso.

Este punto abre la puerta para el debate de la "doctrina Irurzun". Una doctrina que estableció nuevas pautas para meter presos a los funcionarios acusados de corrupción e inauguró una jurisprudencia más amplia. Según los especialistas en la materia, puede poner al "límite la discrecionalidad judicial".

Para esta doctrina: "No corresponde limitar el análisis al arraigo o la manera en que los involucrados se comportan formalmente en el proceso penal, (...) sino que resulta relevante determinar si los lazos funcionales tejidos al amparo del acuerdo criminal se encuentran aún vigentes y pueden estar...

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