Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, 7 de Agosto de 2013, expediente 64.406

Fecha de Resolución 7 de Agosto de 2013

SALA "A"

REGISTRADO BAJO EL

N° ~'1'8 FOLIO ~S8 AÑO 2.0/7

"INCIDENTE DE NULIDAD DEL DECRETO DE FS. 4640 (QUE

DISPUSO LA CITACIÓN A PRESTAR DECLARACIÓN

INDAGATORIA -ART. 294 DEL C.P.P.N.-) FORMADO EN LA CAUSA

NRO. 1167/05, CARATULADA: "CARYMED S.A., DEMYRAL S.A.,

ASARIAL S.A. S/INF. LEY 22.415"

(CAUSA NRO. 64.406, FOLIO N° 280, NRO. DE ORDEN 28.560), Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 1, Secretaría N° 1. Sala "A".

~~\eO

linos Aires, t- de agosto de 2013.

VISTOS:

El recurso de apelación interpuesto por el abogado defensor de D.O.D., contra la resolución que no hizo lugar al planteo de nulidad que formulara.

Lo informado por el recurrente en sustento del recurso ..J

« interpuesto.

o -

u.. Lo informado por la representante de la Administración Federal o de Ingresos Públicos, en su rol de querellante, propiciando se confirme la o ti)

resolución apelada.

:J

Lo informado por escrito por los abogados defensores de A.G. y de J.A., en procura de que se revoque la resolución recurrida.

Y CONSIDERANDO:

Que la providencia que ordena la citación a indagatoria del imputado no requiere ninguna forma cuya omisión pudiera estar sancionada con la nulidad. La circunstancia de que la ley exija el cumplimiento de ciertas formalidades en el momento de recibir la declaración explica que la simple providencia disponiendo la convocatoria no requiera ninguna formalidad.

Que, además, la decisión de llamar a un imputado a prestar declaración indagatoria no puede constituir un acto violatorio de la garantía de defensa en juicio. Por el contrario, dicha convocatoria importa hacerla efectiva por cuanto ésa es una oportunidad que tiene el imputado para que se lo escuche en el proceso, de manera que pueda contestar la imputación que pesa sobre su persona, efectuar los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR