Disposiciones Sintetizadas, Subsecretaría de Regulación y Control Ambiental, Año 2011 - Disp. Nº 23, 28 a 32, 42, 43, 47, 52 a 58, 61 a 65, 70, 71, 78 a 85, 92, 93,, 96, 98, 99, 107 a 111, 116 a 122 y 124

Fecha de publicación04 Enero 2012
Tipo de documentoDISPOSICIONES SINTETIZADAS
Número de Gaceta13272
SecciónSección Oficial
BOLETIN OFICIAL PAGINA 17
Miércoles 4 de Enero de 2012
DISPOSICIONES SINTETIZADAS
SUBSECRETARIA DE REGULACION
Y CONTROL AMBIENTAL
Disp. Nº 23 02-02-11
Artículo 1º.- Inscribir con el Nº 55 a la empresa
SERCO AMBIENTAL S.A., con domicilio legal en Ruta
Nacional Nº 3 Km 4 de la ciudad de Comodoro Rivadavia,
Provincia del Chubut, en el REGISTRO PROVINCIAL DE
GENERADORES, GENERADORES EVENTUALES,
TRANSPORTISTAS Y OPERADORES DE RESIDUOS
PETROLEROS, como Operador con Equipo Transpor-
table de Residuos Petroleros de la Tecnología inscripta
bajo el N° 38 en el Registro Provincial de Tecnologías, a
partir de la fecha de la presente.-
Artículo 2º.- La empresa SERCO AMBIENTAL S.A.
deberá llevar un libro de registros rubricado y foliado
donde consten cronológicamente la totalidad de las
operaciones realizadas incluyendo: generador, sito de
operación, fecha, caracterización de los residuos,
cantidades, manifiestos de transportista, monitoreos,
protocolos analíticos, fecha de finalización, certifica-
dos de disposición final, observaciones y demás re-
quisitos exigidos por el Decreto N° 993/07.-
Artículo 3º.- La empresa SERCO AMBIENTAL S.A.
deberá comunicar en forma inmediata a este Ministerio
de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable toda
vez que se produzca un hecho que pueda generar
daño al ambiente.-
Artículo 4º.- La empresa SERCO AMBIENTAL S.A.
deberá presentar a este Ministerio de Ambiente y Con-
trol del Desarrollo Sustentable, en cada oportunidad
que sean contratados sus servicios, la solicitud de
autorización firmada en forma conjunta (Generador y
Operador), copia autentica que acredite la relación con-
tractual entre el Generador y el Operador con Equipo
Transportable, asi como también memoria descriptiva
con detalle de las operaciones a realizar, normas de
higiene y seguridad, planes de contingencia y almace-
namiento de los residuos.- la presente.-
Artículo 5º.- La presente Disposición tendrá la vi-
gencia de UN (1) año, a partir de la fecha de la presen-
te.-
Disp. Nº 28 07-02-11
Artículo 1º.- INSCRIBIR DE OFICIO a la empresa
ENERGOLD ARGENTINA S.A. con domicilio legal en Ca-
lle Vedia Nº 2358, de la localidad de Saavedra, Capital
Federal, Provincia de Buenos Aires, bajo el Registro Nº
435, en el Registro Provincial de Generadores y Ope-
radores de Sustancias Peligrosas, como Generador
de Residuos Peligrosos de la categoría Y8, Y9 e Y48
de las categorías sometidas a control definidas en el
Anexo I de la Ley Nº 24.051.-
Artículo 2º.- SANCIONAR con multa de PESOS
DIEZ MIL ($10.000) a la empresa ENERGOLD
ARGENTINA S.A. por incumplimiento respecto de la ins-
cripción como Generador de Residuos Peligrosos en el
Registro Provincial de Generadores y Operadores de
Sustancias Peligrosas tal lo dispuesto en la Ley XI Nº
35.-Artículo 3º.- INTIMAR a la empresa ENERGOLD
ARGENTINA S.A. a presentar los documentos nece-
sarios para completar el trámite de inscripción, en el
plazo de CINCO (5) días de notificada la presente, bajo
apercibimiento de duplicar el importe de la multa del artí-
culo 2º de la presente Disposición.-
Artículo 4º.- El importe de la multa aplicada por el
Artículo 2º de la presente Disposición, deberá ser depo-
sitado en la cuenta Nº 200612/1 del Banco del Chubut
S.A. mediante boleta de depósito de la Dirección Gene-
ral de Rentas de la Provincia del Chubut, Código Fiscal
del organismo letra “O”, dentro de los CINCO (5) días
contados a partir del día siguiente al de la notificación
de este acto, debiendo enviar copia del depósito a esta
Subsecretaría de Regulación y Control Ambiental, bajo
apercibimiento de remitir las actuaciones al organismo
que corresponde, a los fines de iniciar la pertinente eje-
cución fiscal.-
Artículo 5º.- Contra la presente disposición podrán
interponerse los siguientes recursos a partir de la fecha
de notificación: el de reconsideración, dentro de los TRES
(3) días siguientes; el jerárquico dentro de los DIEZ (10)
días siguientes; y el directo dentro de los TRES (3) días
siguientes al rechazo del jerárquico, en la forma esta-
blecida por la Ley I Nº 18 del Digesto Jurídico Provincial.-
Disp. Nº 29 07-02-11
Artículo 1º.- Inscribir con el Nº 438 a la empresa
VAIRO S.A., con domicilio legal en calle Junín Nº 1564,
Piso 2º “A”, de la ciudad Autónoma de Buenos Aires, en
el REGISTRO PROVINCIAL DE GENERADORES Y OPE-
RADORES DE SUSTANCIAS PELIGROSAS, como Ope-
rador con Equipo Transportable de Residuos Peligrosos
de la categoría sometidas a control Y10 en matriz líquida
Y08, hasta un límite de ingreso en reactor de 3040 ppm
de concentración de PCB, peso en peso de aceite);
mediante la Operación de Eliminación D9: eclorinación
de aceites de transformadores categorizados Y10,
con un nivel alcanzable en la descontaminación menor
a 0.0002% PCB en Y08; mediante el equipo Identificado:
DV-01-3370/2005-1, a partir de la fecha de la presente.-
Artículo 2º.- La empresa deberá cumplimentar de
manera previa a cada una de las operatorias a
realizar, en forma conjunta con el Generador, los requi-
sitos detallados en el Anexo I Punto A), que forma parte
integrante de la presente de Disposición.-
Artículo 3º.- La empresa deberá cumplimentar para
el cierre de la operatoria, una vez concluidas las ta-
reas, con los requisitos detallados en el Anexo I Punto
B),que forma parte integrante de la presente de Disposi-
ción.-
Artículo 4º.- La empresa VAIRO S.A. como Opera-
dor de Residuos Peligrosos deberá llevar un libro de
registro rubricado y foliado donde conste
cronológicamente la totalidad de las operaciones reali-
zadas incluyendo: fecha, generador, corriente de resi-
duos, cantidades, monitoreos, protocolos analíticos, in-
cidentes y otros, de acuerdo a la Ley Nº 24.051.-
BOLETIN OFICIAL
PAGINA 18 Miércoles 4 de Enero de 2012
Artículo 5º.- La presente Disposición tendrá vi-
gencia de UN (1) año, a partir de la fecha de la
presente.-
Artículo 6º.- La empresa deberá presentar 45 días
antes de la fecha de vencimiento la documentación ne-
cesaria para proceder a la renovación de inscripción
correspondiente comunicar en forma inmediata a este
Ministerio.-
Artículo 7º.- La empresa deberá comunicar en
forma inmediata a éste Ministerio toda vez que se
produzca un hecho que pueda generar daño al ambien-
te, dentro de las VEINTICUATRO (24) horas de ocurri-
do.-
ANEXO I
A) PARA LA AUTORIZACIÓN DE LAS OPERATORIAS:
I. Solicitud de autorización firmada en forma conjun-
ta (Generador - Operador).
II. Documentación que acredite la relación contrac-
tual entre el Generador y el Operador.
III. Documentación técnica rubricada por el profe-
sional responsable de la operatoria:
a) Memoria descriptiva de las operaciones a reali-
zar.
b) Cantidad de residuos y caracterización de los
mismos
c) Estimación de impactos ambientales y medidas
para su mitigación.
d) Duración de las operaciones o cronograma de
obras.
e) Manejo previsto de los residuos generados.
f) Planes de monitoreo ambiental específico para
las operaciones.
g) Normas de Higiene y Seguridad y Planes de Con-
tingencia correspondientes a la operación a reali-
zar.
h) Almacenamiento de residuos en el predio del ge-
nerador (lugar, características, capacidad, métodos,
instalaciones).
i) Habilitación otorgada por la autoridad local para la
operación, si correspondiere.
B) PARA EL CIERRE DE LAS OPERATORIAS:
a) Monitoreos realizados
b) Certificado de Destrucción de Residuos
c) Estado ambiental final del área afectada por las
operaciones
Disp. Nº 30 07-02-11
Artículo 1º.- Inscribir con el N° 54 a la empresa
SERCO S.R.L. con domicilio legal en la Ruta Nacional
N° 3, Km4 de la ciudad de Comodoro Rivadavia Provin-
cia del Chubut, en el REGISTRO PROVINCIAL DE GENE-
RADORES, GENERADORES EVENTUALES, TRANSPOR-
TISTAS Y OPERADORES DE RESIDUOS PELIGROSOS
como Operador por Almacenamiento de Residuos Pe-
troleros, a partir de la fecha de la presente.-
Artículo 2º.- La empresa deberá llevar un Libro de
Registro obligatorio rubricado y foliado, donde consten
cronológicamente la totalidad de las operatorias reali-
zadas en su Planta de Almacenamiento, incluyendo:
fecha, generador, N° de manifiesto de transporte, ope-
rador/tratador y observaciones.-
Artículo 3º.- La empresa SERCO SRL deberá co-
municar en forma inmediata a este Ministerio de Am-
biente y Control del Desarrollo Sustentable toda vez
que se produzca un hecho que pueda generar daño al
ambiente.-
Artículo 4º.- La empresa SERCO S.R.L. podrá alma-
cenar los residuos durante un periodo que no exceda
de NOVENTA (90) días corridos desde su recepción en
la Planta de Almacenamiento.-
Artículo 5º.- La presente Disposición tendrá vigen-
cia de UN (1) año, a partir de la fecha de la presente.-
Artículo 6º.- La empresa deberá presentar 45
días antes de la fecha de vencimiento la documen-
tación necesaria para proceder a la renovación de ins-
cripción correspondiente comunicar en forma inmedia-
ta a este Ministerio.-
Disp. Nº 31 07-02-11
Artículo 1º.- Inscribir con el Nº 433 a la CLÍNICA
MODELO S.R.L., con domicilio legal en Ameghino
Nº 926 de la ciudad de Esquel, Provincia del Chubut,
como Generador de residuos peligrosos de las
categorías sometidas a control Y1 (Desechos clí-
nicos resultantes de la atención médica prestada
en hospitales, centros médicos y clínicas para sa-
lud humana y animal) e Y3 (Desechos de medica-
mentos y productos farmacéuticos para la salud
humana y animal) definidas en el Anexo I de la Ley
Nº 24.051, en el REGISTRO PROVINCIAL DE GENE-
RADORES Y OPERADORES DE SUSTANCIAS PELI-
GROSAS, a partir de la fecha de la presente.-
Artículo 2º.- Como Generador de Residuos
Peligrosos deberá llevar un Libro de Registros
rubricado y foliado, donde consten
cronológicamente la totalidad de las operaciones
realizadas, incluyendo: fecha, caracterización de
los residuos, cantidad (volumen/peso), transpor-
tista, manifiesto de transporte provincial, certifica-
dos de disposición final, observaciones.-
Artículo 3º.- La presente Disposición tendrá vigen-
cia de UN (1) año, a partir de la fecha de la presente.-
Artículo 4º.- La firma deberá presentar 45 días
antes de la fecha de vencimiento, la documentación
necesaria para proceder a la renovación de inscrip-
ción correspondiente.-
Artículo 5º.- La empresa deberá comunicar en
forma inmediata a éste Ministerio toda vez que se
produzca un hecho que pueda generar daño al am-
biente.-
Disp. Nº 32 07-02-11
Artículo 1º.- SUSTITUIR a partir de la fecha de la
presente, el ANEXO I de la Disposición Nº 45/09-SRyCA,
por el Anexo I que forma parte integrante de la presente
Disposición.-

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR