Disposición Técnico Registral Nº 15/08 de 16 de Julio de 2008

La Plata, 16 de julio de 2008.

VISTO la Disposición Técnico Registral nº 11/2008, y;

CONSIDERANDO:

Que en la Disposición citada en el Visto de la presente, se ha deslizado un error al citar el Decreto 642/2003, artículo 19, inciso I), anexo I, cuando debió consignarse Decreto Provincial 467/2007 artículo 23 del Reglamento para subsidios.

Que el Decreto 467/2007 que deroga el Decreto 642/2003, en su artículo segundo, establece "No obstante, sus disposiciones mantendrán su vigencia y resultarán de plena aplicación a los beneficios otorgados bajo ese régimen".

Que asimismo se deberá aclarar que no resultará de aplicación cuando el subsidio tenga por destino bienes públicos o privados del Estado nacional, provincial o municipal.

Por ello

EL DIRECTOR PROVINCIAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD, DISPONE:

ARTICULO 1º

Rectificar la Disposición Técnico Registral nº 11/2008, en el sentido de que, cuando en ella se menciona el Artículo 19 inciso I, anexo I, Decreto Provincial 642/2003, se deberá leer artículo 23 del Reglamento para Subsidios, Decreto Provincial 467/2007.

ARTICULO 2º

El artículo 23 del Reglamento para subsidios, Decreto Provincial 467/2007, no será de aplicación cuando el subsidio tenga por destino bienes públicos o privados del Estado nacional, provincial o municipal.

ARTICULO 3º

Registrar como Disposición Técnico Registral. Comunicar a las Direcciones Técnica y de Servicios Registrales, como así también a todas...

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