Disposicion 374/2007 - Sspmedr

Fecha de disposición21 Noviembre 2007
Fecha de publicación21 Noviembre 2007
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta31286

DISPOSICIONES Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS Disposición 374/2007

Apruébase el texto de la Segunda Addenda al Convenio de Bonificación de Tasas aprobado por la Disposición Nº 140/2006, a suscribir con el Fondo Provincial para la Transformación y el Crecimiento de la Provincia de Mendoza.

Bs. As., 20/11/2007

VISTO el Expediente Nº S01:0147784/2005 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y lo establecido en las Leyes Nros. 24.467 y 25.300, y sus respectivas reglamentaciones, los Decretos Nros. 25 de fecha 27 de mayo de 2003 y sus modificatorios, 159 de fecha 24 de febrero de 2005 y 1075 de fecha 17 de agosto de 2006 y la Resolución Nº 24 de fecha 15 de febrero de 2001 de la ex SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA y sus modificaciones, y CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 25 de fecha 27 de mayo de 2003 y sus modificatorios, aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Centralizada del MINISTERIO DE ECONOMIAY PRODUCCION por el cual se transfirió la ex SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL como Subsecretaría a la órbita de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA de dicho Ministerio, asignándole a la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑAY MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION las áreas de competencia que le asistían a la entonces SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCION.

Que el Artículo 3º de la Ley Nº 24.467 sustituido por el Artículo 32 de la Ley Nº 25.300 estableció un Régimen de Bonificación de Tasas de Interés para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, tendiente a disminuir el costo del crédito.

Que las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas tienen un rol preponderante en la generación de empleo y en el desenvolvimiento integrado de la actividad económica para el desarrollo local en todo el territorio del país.

Que ante las oportunidades de financiamiento existentes para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, resulta necesario generar una oferta de crédito a mediano y largo plazo en condiciones razonables para el desarrollo económico local.

Que el Decreto Nº 159 de fecha 24 de febrero de 2005, en su Artículo 3º, habilita formalmente a la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, como Autoridad de Aplicación del Régimen de Bonificación de Tasas, para disponer la firma de convenios o llamados a licitación de cupos de crédito en la región que ella determine.

Que, asimismo, el Artículo 3º del Decreto Nº 159/05 establece que la Autoridad de Aplicación puede otorgar una bonificación especial a favor de determinadas Micro, Pequeñas y Medianas Empresas que desarrollen su actividad principal en provincias, regiones o áreas geográficas que observen desventajas económicas comparativas.

Que mediante el Decreto Nº 1075 de fecha 17 de agosto de 2006 se facultó a la Autoridad de Aplicación del Régimen de Bonificación de Tasas para asignar cupos de crédito adicionales por hasta la suma de PESOS UN MIL MILLONES ($ 1.000.000.000.-) a los fines de efectuar la bonificación de un porcentaje de la tasa de interés de los mismos.

Que mediante la Ley Nº 6071 de la Provincia de MENDOZA fue creado el FONDO PROVINCIAL PARA LATRANSFORMACION Y EL CRECIMIENTO de la Provincia de MENDOZA, con el objetivo de dotarla de un instrumento financiero capaz de dar sustento y autonomía a su proceso de desarrollo socio-económico integral, continuo y autosostenido, a través de la determinación de programas de desarrollo sectorial y de financiamiento de proyectos de inversión privada.

Que el Artículo 9º de la ley mencionada precedentemente, establece como Autoridad de Aplicación a la Administradora Provincial del FONDO PROVINCIAL PARA LA TRANSFORMACION Y EL CRECIMIENTO de la Provincia de MENDOZA, entidad autárquica del Gobierno de la Provincia de MENDOZA.

Que tanto la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL como el FONDO PROVINCIAL PARALATRANSFORMACION Y ELCRECIMIENTO de la Provincia de MENDOZA tienen como objetivo practicar políticas de mejora de acceso al crédito para el financiamiento de las necesidades de Bienes de Capital y/o Capital de Trabajo para actividades productivas o de servicios vinculados con la industria.

Que por la Disposición Nº 162 de fecha 13 de mayo de 2005 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se aprobó el texto del primer Convenio de Bonificación de Tasas celebrado entre la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL y el FONDO PROVINCIAL PARA LA TRANSFORMACION Y EL CRECIMIENTO de la Provincia de MENDOZA con el objeto de fomentar y facilitar el financiamiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas radicadas en la Provincia de MENDOZA, por una suma total de créditos a otorgarse de hasta la suma de PESOS TREINTA Y CINCO MILLONES ($ 35.000.000.-).

Que por la Disposición Nº 140 de fecha 9 de octubre de 2006 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL, se aprobó el texto del segundo Convenio de Bonificación de Tasas suscripto con fecha 25 de octubre de 2006 entre la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL y el FONDO PROVINCIAL PARA LATRANSFORMACION Y EL CRECIMIENTO de la Provincia de MENDOZApor un total de créditos a otorgarse de hasta la suma de PESOS SETENTA MILLONES ($ 70.000.000.-).

Que por la Disposición Nº 165 de fecha 30 de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR