Disposicion 303/2007 - Sspmedr

Fecha de disposición15 Agosto 2007
Fecha de publicación15 Agosto 2007
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta31218

Que en tal marco se presentaron las solicitudes por los productores de trigo, cuyos Nombres o Razón Social, Expediente, Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) y Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) se detallan en el Anexo que forma parte de la presente resolución.

Que las solicitudes presentadas que se detallan en el mencionado Anexo, fueron liquidadas de conformidad con lo establecido en la citada Resolución Nº 378/07 y su modificatoria Nº 674/07.

Que el Area de Compensaciones de la citada Oficina Nacional evaluó las presentaciones efectuadas de acuerdo a la normativa vigente, conforme surge de los informes técnicos obrantes a fojas 1, 4, 8, 12, 16, 20, 23, 26, 30, 33, 36, 40, 44, 48, 52, 56, 60, 64, 67, 70, 74, 78, 82, 85, 88, 92, 95, 98, 101, 104, 107, 110, 114, 118, 122, 126, 130, 134, 138, 142, 145, 148, 152, 156, 160, 164, 168, 172, 176, 179, 181, 184, 188, 192, 196, 200, 204, 208, 212 y 216.

Que asimismo, la Coordinación del Area de Compensaciones de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO intervino favorablemente a fojas 1, 3, 7, 11, 15, 19, 23, 25, 29, 33, 35, 39, 43, 47, 51, 55, 59, 63, 67, 69, 73, 77, 81, 85, 87, 91, 95, 97, 101, 103, 107, 109, 113, 117, 121, 125, 129, 133, 137, 141, 145, 147, 151, 155, 159, 163, 167, 171, 175, 179, 181, 183, 187, 191, 195, 199, 203, 207, 211 y 215 respectivamente.

Que la Coordinación Jurídica de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIALAGROPECUARIO no ha presentado objeciones a la continuación del trámite.

Que por ello resulta procedente aprobar las solicitudes correspondientes a las presentaciones que se detallan a fojas 219, que no han merecido observaciones o que, formuladas, fueron debidamente cumplimentadas.

Que, en consecuencia, corresponde proceder a autorizar el pago de las compensaciones solicitadas conforme los montos verificados en los informes técnicos mencionados y que se encuentran detallados en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida.

Que la Dirección de Legales del Area de AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención de su competencia.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1067 de fecha 31 de agosto de 2005 y por la Resolución Nº 9 de fecha 11 de enero de 2007 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO RESUELVE:

Artículo 1º

Apruébanse las compensaciones solicitadas por los productores de trigo que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución, las que ascienden a la suma total de PESOS OCHOCIENTOS CINCUENTAY OCHO MIL DOSCIENTOS NOVENTAY CINCO CON CUATRO CENTAVOS ($ 858.295,04), por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.

Art. 2º

Autorízase el pago de las compensaciones consignadas individualmente a los beneficiarios mencionados a fojas 219, el que asciende a la suma total de PESOS OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO CON CUATRO CENTAVOS ($ 858.295,04), por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

-- José Portillo.

DISPOSICIONES Subdirección General de Recursos Humanos ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS Disposición 277/2007

Finalización de funciones y ratificación de la Jefatura Interina de la División Jurídica de la Dirección Regional Neuquén.

Bs. As., 6/8/2007

VISTO la actuación SIGEA Nº 11412-93-2007, y CONSIDERANDO:

Que por la misma, la Dirección Regional Neuquén, gestiona la continuidad en el ejercicio de las funciones de Jefa Interina de la División Jurídica de su jurisdicción, de la Abogada Flavia Karina REYES, quien se viene desempeñando en dicho carácter en virtud de lo establecido por la Disposición Nº 166/05 (SGRH) de fecha 3 de junio de 2005 y mientras durara la ausencia de su Jefa TitularAbogada Susana Beatríz GARCIA, que se encontraba usufructuando licencia por afecciones de largo tratamiento (artículo 111 del Laudo Nº 15/91).

Que cabe señalar, que la Abogada Susana Beatríz GARCIA mediante Disposición Nº 125/ 07 (D.P) del 4 de mayo de 2007, se ha desvinculado del Organismo para acogerse a los beneficios de la Jubilación por Invalidez a partir del 10 de abril ppdo.

Que asimismo, la citada Dirección Regional propicia dar por finalizadas las funciones que le fueran asignadas oportunamente a la Abogada Flavia Karina REYES, en el carácter de Jefa Interina de la Sección Dictámenes y Sumarios dependiente de su jurisdicción.

Que sobre el particular, destácase que a la luz del Decreto Nº 491/02 y su aclaratorio, Decreto Nº 601/02 (artículo 2º), se ha efectuado una evaluación de la presente gestión, de la cual surge que no genera una mayor erogación presupuestaria en virtud de las modificaciones que la misma implica.

Que se cuenta con la conformidad de la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior y de la Dirección General Impositiva.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Disposición Nº 235/04 (AFIP), procede disponer en consecuencia.

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERAL DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS DISPONE:

Artículo 1º

Dar por finalizadas las funciones que le fueran asignadas oportunamente a la Abogada Flavia Karina REYES (Legajo Nº 35.634/20) en el carácter de Jefa Interina de la Sección Dictámenes y Sumarios de la División Jurídica de la Dirección Regional Neuquén.

Art. 2º

La Abogada Flavia Karina REYES (Legajo Nº 35.634/20) continuará desempeñándose en el carácter de Jefa Interina de la División Jurídica de la Dirección Regional Neuquén.

Art. 3º

Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Beatríz L. Fontau.

Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS Disposición 303/2007

Apruébase el Reglamento Operativo del Programa Nacional de Capacitación de los Cuadros Empresarios y Gerenciales de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

Bs. As., 13/8/2007

VISTO el Expediente Nº S01:0181146/2007 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, lo dispuesto en la Ley Nº 24.467, los Decretos Nros. 908 de fecha 11 de diciembre de 1995, 943defecha15deseptiembrede1997ysusmodificaciones,25defecha27demayode2003ysus modificatorios, y 1359 de fecha 5 de octubre de 2004 y sus modificaciones, la Resolución Nº 49 de fecha 23 de junio de 1998 de la ex SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCION, y CONSIDERANDO:

Que por elArtículo 22 de la Ley Nº 24.467 se creó el PROGRAMANACIONALDE CAPACITACION DE LOS CUADROS EMPRESARIOS Y GERENCIALES DE LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS,encomendandosudesarrolloalPODEREJECUTIVONACIONAL,atravésdelexMINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS; siendo sus principales objetivos mejorar la capacidad de gerenciamiento y el conocimiento de los mercados, inducir conductas que denadecuadasrespuestasfrentealaconstanteevolucióndelosmismosyestimulenuncrecimiento sostenido de la productividad de las Pequeñas y Medianas Empresas.

Que por el Decreto Nº 908 de fecha 11 de diciembre de 1995 se designó laAutoridad deAplicación de los Títulos I y II de la Ley Nº 24.467 y se reglamentó la misma.

Que por el Artículo 1º del precitado Decreto Nº 908/95 se estableció como Autoridad de Aplicación de los Títulos I y II de la Ley Nº 24.467 al ex MINISTERIO DE ECONOMIAY OBRASY SERVICIOS PUBLICOS a través de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, mientras que por su Artículo 11 se facultó a la Autoridad de Aplicación a instrumentar y coordinar el desarrollo del PROGRAMA NACIONAL DE CAPACITACION DE LOS CUADROS EMPRESARIOS Y GERENCIALES DE LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS creado por el Artículo 22 de la Ley Nº 24.467.

Que, la entonces SECRETARIADE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIAdel ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, en uso de las competencias asignadas por los Artículos y 11 del precitado Decreto Nº 908/95, dictó la Resolución Nº 595 de fecha 25 de junio de 1997instituyendoelProgramaNacionaldeCapacitacióncreadoporelArtículo22delaLeyNº 24.467.

Que por el Artículo 3º del Decreto Nº 943 de fecha 15 de septiembre de 1997 se atribuyó como AutoridaddeAplicacióndelosTítulosIyIIdelaLeyNº 24.467alaexSECRETARIADELAPEQUEÑAY MEDIANAEMPRESAde la PRESIDENCIADE LA NACION, estableciéndose que toda mención al ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS efectuada en las normas reglamentarias y complementarias a dicha ley, debía entenderse referida a la mencionada Secretaría.

Que, asimismo, por el Artículo 17 del Decreto Nº 943/97 se modificó el Artículo 1º del Decreto Nº 908/95 a los efectos de establecer como Autoridad de Aplicación de la Ley Nº...

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