Disposición Sintetizada 804/2009

Fecha de disposición05 Mayo 2009
Fecha de publicación05 Mayo 2009
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta31646
Art. 4º

Derógase la Disposición D.N.

Nº 644/97 que, a partir del 21 de julio de 1997, dispuso el uso obligatorio de los Formularios 31A, 31 y 31C en los trámites correspondientes a la operatoria de liquidación y recaudación de la Tasa de Utilización de la Vía Pública a través de los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor correspondientes a la jurisdicción de la Ciudad de FORMOSA.

Art. 5º

Regístrese, comuníquese atento a su carácter de interés general, dése para su publicación a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- Miguel A.

Gallardo.

DIRECCION NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS Disposición 262/2009

Fíjase la entrada en vigencia de la Resolución MJSyDH Nº 1338/09 relacionada a los aranceles correspondientes a trámites que se diligencian ante los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor.

Bs. As., 30/4/2009

VISTO la Resolución M.J.S. y D.H. Nº 1338/09, y CONSIDERANDO:

Que mediante el acto mencionado en el Visto se modificó el contenido del arancel 4) del Anexo I de la Resolución M.J. y D.H.

Nº 314/02 y sus modificatorias, norma que prevé la nómina de los aranceles que coDISPOSICIONES SINTETIZADAS rresponden a los trámites que se diligencian ante los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor.

Que, como consecuencia de la modificación arancelaria, se dejó sin efecto la previsión contenida en el artículo 6º, punto 3, de la Resolución M.J. y D.H. Nº 396/02 y sus modificatorias, norma que fija el esquema de emolumentos correspondientes a los Encargados Titulares de los Registros Seccionales dependientes de esta Dirección Nacional.

Que, en aquel marco, el artículo 3º de la mencionada Resolución M.J.S. y D.H.

Nº 1338/09 estableció que este organismo determinará la fecha de entrada en vigencia de las nuevas previsiones aprobadas.

Que, siendo así, corresponde que se dé cumplimiento a la instrucción impartida, fijando a tal fin la fecha de entrada en vigencia de aquella norma.

Que la competencia del suscripto para el dictado del presente acto surge del artículo 3º de la Resolución M.J.S. y D.H. Nº 1338/09.

Por ello,

EL SUBDIRECTOR NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS DISPONE:

Artículo 1º

Fíjase el día 4º de mayo de 2009 como fecha de entrada en vigencia de la Resolución M.J.S. y D.H. Nº 1338/09.

Art. 2º

Regístrese, comuníquese, atento su carácter de interés general, dése para su publicación a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- Miguel A.

Gallardo.

SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACION Disposición 804/2009

31/3/2009

Recategorízase al Centro Topía S.R.L., CUIT 30-70924035-4, con domicilio legal y real en la calle Zufriategui 670 (1714) Ituzaingó, Provincial de...

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