Disposición - Simple N° 833 - DGPF/2024, 23/04/2024

Año2024
Fecha de publicación23 Abril 2024
SecciónPoder Ejecutivo
EmisorMinisterio de Espacio Público e Higiene Urbana
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
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DISPOSICIÓN N.º 833/DGPF/24
Buenos Aires, 17 de abril de 2024
VISTO: las Leyes Nros. 5.122 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y 6.684, los
Decretos Nros. 491/16, N° 387/23, su modificatorio, y 152/24, las Disposiciones Nros.
314-DGFYME/10, 682-DGFYME/10, 1.007-DGFYME/16, y el expediente N°
10866116-GCABA-DGCDPU/24, y
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley N° 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios, estableciendo para el
Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana, entre otros, las responsabilidades
primarias de entender en lo relativo al ordenamiento del Espacio Público, planificando
estrategias y diseñando e implementando políticas en relación con el mismo, así como
entender en lo relativo al uso del espacio público;
Que, por Decreto N° 387/23 y su modificatorio N° 91/24, se aprobó la estructura
orgánica del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires incluyendo dentro de
la órbita del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana a la Dirección General
Permisos y Ferias dependiente de la Subsecretaría Ordenamiento Urbano, con
responsabilidad primaria para “Planificar, administrar y supervisar las Ferias Itinerantes
de Abastecimiento Barrial FIAB en coordinación con las áreas competentes en caso de
corresponder ” (..);
Que, por la Ley N° 5.122 (texto consolidado por Ley N° 6.588) se autoriza la
instalación de las Ferias Itinerantes de Abastecimiento Barrial (FIAB) y su Decreto
reglamentario N° 491/16 estableció que la ex Dirección General Ferias, y su actual
continuadora institucional, la Dirección General de Permisos y Ferias (DGPF), es la
autoridad de aplicación de la citada Ley, facultando a su titular a dictar las normas
complementarias, aclaratorias y operativas que fueren necesarias para su aplicación;
Que, por Decreto Nº 152/24 se me designó como Directora General a cargo de la
Dirección General Permisos y Ferias;
Que, la Disposición N° 1.007-DGFYME/16 aprueba la regulación de la actividad de las
Ferias Itinerantes de Abastecimiento Barrial;
Que, por Disposición N° 682-DGFYME/10 se aprobaron las características
constructivas de los tráilers para FIAB y por Disposición N° 314-DGFYME/16 se
prohibió la entrega de sobres y bolsas plásticas no biodegradables comúnmente
denominadas “de camiseta” en la comercialización de productos en FIAB;
Que, mediante el expediente N° 10866116-GCABA-DGCDPU/24, la Sra. Ferrufiño
Camacho, Lilian Virginia., DNI: 92.259.644, CUIT: 27-92259644-7, ha presentado la
documentación exigida, a los fines de la renovación de su Permiso de Uso Precario;
Que, es prioritario para esta Dirección General, llegar con estas ferias a la mayor
cantidad de vecinos, fomentando en el espacio público a fin de promocionar la
actividad comercial de los/las vecinos/as del Barrio, que les permita llevar adelante sus
proyectos y emprendimientos con la finalidad de insertarse en la economía formal.
Que, a través del Informe N° 14483865-GCABA-DGCDPU/24, ha tomado intervención
la Gerencia Operativa Mercados dependiente de la Dirección General Permisos y
Ferias, propiciando el dictado de la presente por encuadrar en las previsiones de la
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6858 - 23/04/2024

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