Disposición - Simple N° 276 - DGIUR/2023, 13/03/2023
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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DISPOSICIÓN N.º 276/DGIUR/23
Buenos Aires, 24 de enero de 2023
VISTO: La Ley Nº 6099, el Decreto N° 99/GCABA/2019, la Resolución Nº 63-
SSREGIC-20 y el EX- 2022-26868755- -GCABA-SSGU, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 6099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que el Titulo 3 del Código Urbanístico regula las Normas de Uso del Suelo,
estableciendo que los Usos del Suelo se orientan por el principio de Ciudad Diversa
del Plan Urbano Ambiental y que los mismos se clasifican y nomenclan según su
mixtura, en cuatro áreas de Mixturas de Usos;
Que las Mixturas de Usos guardan relación con las densidades y características de
edificabilidad y su intensidad se regula en función de los metros cuadrados y de las
características del entorno;
Que por su parte, en el Cuadro de Usos de Suelo N° 3.3 se consignan las Categorías,
Descripciones y Rubro, así como las restricciones que condicionan los mismos en
cuanto a los requerimientos de estacionamiento, carga y descarga, según corresponda
a las Áreas de Mixtura de Usos del Suelo en que se subdivide la Ciudad;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que por el Expediente mencionado en el Visto se consulta la factibilidad de
localización del uso ”2.1.4. Centro Cultural C (hasta 500 personas y 1000 m2)” y
“2.1.6. Museo Clase I. Permanentes y Temporarias” en el inmueble sito en la calle
Doctor Tomas Manuel de Anchorena N° 1656/60, Planta Baja, 1° y 2° piso, (Sección
015, Manzana 120, Parcela 004c);
Que al respecto, obra agregado a estos actuados el Informe N°
38297403/DGIUR/2022 mediante el cual el titular de la Gerencia Operativa de Usos
del Suelo estima oportuna la intervención del Consejo de Plan Urbano Ambiental;
Que en relación, obra agregado el Dictamen (IF-2023-03690231-GCABA-CAPUAM)
mediante el cual este Consejo del Plan Urbano Ambiental considera, desde un punto
de vista urbanístico, que resultaría factible acceder a la localización de los usos:
“Centro Cultural C (hasta 500 personas y 1000 m2); Museo Clase I. Permanentes y
Temporarias” que se encuadran en los rubros: “2.1.4 Centro cultural C (hasta 500
personas y 1000m2); 2.1.6 Museo Clase I. Permanentes y temporaria”, en el inmueble
sito en la calle Doctor Tomás Manuel de Anchorena N° 1656/60, Planta Baja, 1° y 2°
piso, Área de Media Mixtura de Usos del Suelo 2, Nivel de Protección: Cautelar,
Superficie cubierta a habilitar: 521,22m2; Superficie descubierta a habilitar: 117,72m2.
En cuanto a los requerimientos, deberá cumplir con 4 módulos de bicicletas. No
obstante, cabe aclarar que no se presenta Plano de Obra Registrado, de
corresponder, deberá regularizar dicha documentación ante el Organismo
Competente;
Que al respecto, obra agregado a estos actuados el Informe N°
04658712/DGIUR/2023 mediante el cual el titular de la Gerencia Operativa de Usos
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6579 - 13/03/2023
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