Disposición - Simple N° 25 - DGSAP/2023, 22/03/2023

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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DISPOSICIÓN N.º 25/DGSAP/23
Buenos Aires, 17 de marzo de 2023
VISTO: La Ley N° 114 (texto consolidado por Ley 6.588), Resolución N° 919-GCABA-
CDNNyA/2022 y su ampliatoria N° 1247-GCABA-CDNNyA/22, Expediente Electrónico
N° 33934181-GCABA- DGSAP/2022, y
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 114 (texto consolidado Ley N° 6.588), crea el Consejo de los Derechos
de Niñas, Niños y Adolescentes, como organismo especializado que tiene a su cargo
las funciones que le incumben a la Ciudad en materia de promoción y protección de
los derechos de la infancia y adolescencia y goza de autonomía técnica y
administrativa y autarquía financiera;
Que, mediante Resolución N° 919-GCABA-CDNNyA/2022, se creó el “Programa de
Subsidios para Organizaciones de la Sociedad Civil” bajo la órbita de este Consejo de
los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, o el organismo que en el futuro lo
reemplace, el cual tiene por objetivo fortalecer la corresponsabilidad que rige el
Sistema de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes, a través de una
asignación económica, dirigida a las Organizaciones de la Sociedad Civil, cuyos
Proyectos Institucionales desarrollen actividades esenciales en el marco del Sistema
de Protección Integral de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, dirigido a niñas
niños y adolescentes radicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y/o sobre
las/os cuales intervenga el Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes;
Que, el inc. A) del Punto 8 del ANEXO (IF-2022-25578135-GCABA-CDNNyA) de la
precitada resolución, determina que las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC)
que podrán participar en dicho Programa, serán las aquellas cuyos Proyectos
Institucionales se orienten al alojamiento y cuidado integral de niñas, niños y
adolescentes en Hogares de Cuidado Integral (Hogares);
Que, en del Punto I del ANEXO I (IF-2022-25578135-GCABA-CDNNyA) de dicho
Programa surge que el valor de la UMA se ajustará y actualizará trimestralmente de
acuerdo a la categoría y coeficiente de variación IPCBA publicado por la Dirección de
Estadísticas y Censos del Ministerio de Hacienda y Finanzas del Gobierno de la
Ciudad de Buenos Aires, la cual será informada a la Autoridad de Aplicación, mediante
CCOO, por la Dirección Operativa de Gestión Financiera, entre los días 10 y 15 del
mes que corresponda tal actualización;
Que, mediante Resolución N° 1247-GCABA-DGSAP/22, se amplió dicho Programa
equiparando el ajuste y actualización trimestral de acuerdo al coeficiente de variación
el Índice de Precios al Consumidor de Buenos Aires Ciudad (IPCBA), dispuesto para el
inc. A) del Punto 8 del ANEXO (IF-2022-25578135-GCABA-CDNNyA) de la Resolución
N° 919-GCABACDNNyA/2022 (Alojamiento y cuidado integral de niñas, niños y
adolescentes en Hogares de Cuidado Integral) - para aquellos proyectos especiales
incluidos en el inc. B) del Punto 8;
Que, la Dirección Operativa de Gestión Financiera, informó el IPCBA correspondientes
a los meses de diciembre 2022, enero y febrero 2023 (NO-2023-10638562-GCABA-
DGLTACDN), los cuales asciende a un total de 19,1%;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6586 - 22/03/2023

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