Disposición - Simple N° 2207 - DGIUR/2022, 01/11/2022

Año2022
Fecha de publicación01 Noviembre 2022
SecciónPoder Ejecutivo
EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 2207/DGIUR/22
Buenos Aires, 11 de octubre de 2022
VISTO: La Ley Nº 6099 y su modificatoria, el Decreto N° 99/GCABA/2019, la
Resolución Nº 63-SSREGIC-20 y el EX-2022-29174389-GCABA-SSGU, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 6099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que el Titulo 3 del Código Urbanístico regula las Normas de Uso del Suelo,
estableciendo que los Usos del Suelo se orientan por el principio de Ciudad Diversa
del Plan Urbano Ambiental y que los mismos se clasifican y nomenclan según su
mixtura, en cuatro áreas de Mixturas de Usos;
Que las Mixturas de Usos guardan relación con las densidades y características de
edificabilidad y su intensidad se regula en función de los metros cuadrados y de las
características del entorno;
Que por su parte, en el Cuadro de Usos de Suelo N° 3.3 se consignan las Categorías,
Descripciones y Rubro, así como las restricciones que condicionan los mismos en
cuanto a los requerimientos de estacionamiento, carga y descarga, según corresponda
a las Áreas de Mixtura de Usos del Suelo en que se subdivide la Ciudad;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que por el Expediente mencionado en el Visto se consulta la factibilidad de localizar
los usos localización de los usos “1.8. comercio minorista excluido comestibles como
uso principal, 1.3. Comercio mayorista con depósito-Art. 3.13.5. a)” en el inmueble sito
en la calle Joaquín V. González N°390 Planta Baja y Sótano U.F. N°3;
Que al respecto, obra agregado a estos actuados el Informe IF-2022-34720583-
GCABA-DGIUR mediante el cual el titular de la Gerencia Operativa de Usos del Suelo
estima oportuno el dictado del acto administrativo que deniegue desde el punto de
vista urbanístico y patrimonial, la localización de los usos “com.min.de ropa
confeccion., lenceria, blanco, mantel.text. en gral. y pieles, textiles para tapicería,
com.min.de calzados en gral., artículos de cuero. talabartería, marroquinería, artículos
personales y para regalos, com.min. de artículos de mercería, botonería, bonetería,
fantasías” toda vez que se trata de un local comercial no ubicado sobre una Avenida y
deniegue desde el punto de vista urbanístico y patrimonial, la localización de la
localización del uso “1.3. Comercio mayorista con depósito-Art. 3.13.5.” ya que no se
encuentra expresamente consignado en el listado de usos permitidos para el Área
APH53 ni se lo puede contemplar en dicho listado, por lo que NO está permitido en
Área de Protección Patrimonial en cuestión, y autorice desde el punto de vista
urbanístico y patrimonial, la localización del uso “1.8. Comercio minorista excluido
comestibles como uso principal” de artículos de perfumería y tocador, artículos de
limpieza”, dejando constancia que se deberá cumplir con la normativa vigente que
resulte de aplicación y que no haya sido expresamente contemplada en la presente;
Que para arribar a dicha conclusión, se analizó en el aludido informe que el predio en
cuestión se encuentra emplazado en el Área de Protección Histórica Especifica APH
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6492 - 01/11/2022

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