Disposición - Simple N° 1217 - DGIUR/2024, 29/07/2024

Año2024
Fecha de publicación29 Julio 2024
SecciónPoder Ejecutivo
EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2024 - Año del 30° Aniversario de la Autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
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DISPOSICIÓN N.º 1217/DGIUR/24
Buenos Aires, 17 de julio de 2024
VISTO: La Ley Nº 6099 y sus modificatorias, el Decreto N° 99/GCABA/2019, el EX-
2024-09777204-GCABA-SSGU, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 6099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que el Titulo 3 del Código Urbanístico regula las Normas de Uso del Suelo,
estableciendo que los Usos del Suelo se orientan por el principio de Ciudad Diversa
del Plan Urbano Ambiental y que los mismos se clasifican y nomenclan según su
mixtura, en cuatro áreas de Mixturas de Usos;
Que las Mixturas de Usos guardan relación con las densidades y características de
edificabilidad y su intensidad se regula en función de los metros cuadrados y de las
características del entorno;
Que por su parte, en el Cuadro de Usos de Suelo N° 3.3 se consignan las Categorías,
Descripciones y Rubro, así como las restricciones que condicionan los mismos en
cuanto a los requerimientos de estacionamiento, carga y descarga, según corresponda
a las Áreas de Mixtura de Usos del Suelo en que se subdivide la Ciudad;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que por el Expediente mencionado en el Visto se consulta la factibilidad de la
ampliación de superficie para los usos “1.5. Alimentación en general y gastronomía” y
“500.198 Fabricación de masas y demás productos de pastelería y sándwiches,
cocción de productos de panadería cuando se reciba la masa ya elaborada” en el
inmueble sito en la calle Pacheco N° 3538 - Planta Baja y Entrepiso, (Sección 053,
Manzana 012, Parcela 049b);
Que al respecto, obra agregado a estos actuados el Informe N°
27024211/DGIUR/2024 mediante el cual el titular de la Gerencia Operativa de Usos
del Suelo estima oportuno el dictado del acto administrativo que autorice desde el
punto de vista urbanístico y patrimonial, la ampliación de los usos solicitados en el
Expediente de referencia, dejando constancia que se deberá cumplir con la normativa
vigente que resulte de aplicación y que no haya sido expresamente contemplada en la
presente;
Que para arribar a dicha conclusión, se analizó en el aludido informe que el predio en
cuestión se encuentra emplazado dentro de un Área de Baja Mixtura de Usos del
Suelo 1, de acuerdo a lo establecido en el Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires;
Que resultan de aplicación los artículos 3.1. Usos del Suelo Urbano y su clasificación;
3.2.1. Área de Baja Mixtura de Usos del Suelo 1; 3.8 Superposición de usos en una
misma parcela”; Capítulo 3.11 Actividades Productivas e Industriales del Código
Urbanístico; Decreto 87/19; 3.10.3. Ampliación de Usos No Conformes, del Código
Urbanístico;
Que respecto de la parcela motivo de la consulta, se trata de la parcela 049b,
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6922 - 29/07/2024

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