Disposicion 256/2007 -rnpa y Cp

Fecha de disposición04 Mayo 2007
Fecha de publicación04 Mayo 2007
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta31148

E IMPUTADOS de la SECRETARIA DE POLITICA CRIMINAL Y ASUNTOS PENITENCIARIOS de este Ministerio deberá brindar inmediatamente la protección requerida.

Que sin perjuicio de lo anterior, el Secretario de Política Criminal y Asuntos Penitenciarios deberá comunicar esta resolución al Secretario de Derechos Humanos para que tome intervención a través del PLAN NACIONAL DE ACOMPAÑAMIENTO Y ASISTENCIA A LOS QUERELLANTES Y TESTIGOS VICTIMAS DELTERRORISMO DE ESTADO (aprobado por Resolución SDH Nº 3 del 19 de enero de 2007), a fin de prestarles dicha asistencia.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado intervención.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades derivadas de los artículos , segundo párrafo, y 10 de la Ley Nº 25.764.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS RESUELVE:

Artículo 1º

Establécese que la DIRECCION NACIONAL DEL PROGRAMA NACIONAL DE PROTECCION A TESTIGOS E IMPUTADOS de la SECRETARIA DE POLITICA CRIMINAL Y ASUNTOS PENITENCIARIOS de este Ministerio, resolverá inmediatamente brindar protección a las personas individualizadas por requerimiento de magistrados de la justicia nacional o del ministerio público nacional, en el marco de procesos judiciales vinculados a graves violaciones a los derechos humanos cometidos durante el último período dictatorial.

Art. 2º

La medida podrá ser dejada sin efecto de oficio por la autoridad requirente, o a pedido del Ministro de Justicia y Derechos Humanos cuando las circunstancias así lo aconsejen.

Art. 3º

La presente resolución tendrá vigencia hasta tanto se instrumente la creación de un programa u organismo en el que se coordinen las actividades que en la materia presten los distintos Ministerios nacionales involucrados, en el que se invite a participar al Poder Judicial de la Nación y al Ministerio Público.

Art. 4º

El Secretario de Política Criminal y Asuntos Penitenciarios deberá comunicar de inmediato las resoluciones a las que se refiere el artículo 1º, al Secretario de Derechos Humanos para que tome intervención a través del PLAN NACIONAL DEACOMPAÑAMIENTO YASISTENCIA A LOS QUERELLANTES Y TESTIGOS VICTIMAS DEL TERRORISMO DE ESTADO (aprobado por Resolución SDH Nº 3/07), a fin de prestar la asistencia que éste prevé.

Art. 5º

Regístrese, comuníquese y archívese. -- Alberto J. B. Iribarne.

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Resolución 448/2007

Sustitúyese el artículo 5º de la Resolución Nº 439/2007 del citado Ministerio.

Bs. As., 27/4/2007

VISTO la Resolución M.J. y D.H. Nº 439 de fecha 23 de abril de 2007, y CONSIDERANDO:

Que por la Resolución citada en el Visto se estableció que la DIRECCION NACIONAL DEL PROGRAMA NACIONAL DE PROTECCION A TESTIGOS E IMPUTADOS de la SECRETARIA DE POLITICA CRIMINAL Y ASUNTOS PENITENCIARIOS de este Ministerio, resolverá inmediatamente brindar protección a las personas individualizadas por requerimiento de magistrados de la justicia nacional o del ministerio público nacional, en el marco de procesos judiciales vinculados a graves violaciones a los derechos humanos cometidos durante el último período...

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